Resolución N° 4750/01
Nro de Expediente:
3180-000951-01
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
11/12/2001


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Aprobar el proyecto de Convenio a suscribirse entre esta Comuna y el Instituto Mujer y Sociedad, con el objeto de continuar con la coordinación y atención jurídica de las Comunas Mujer de las Zonas Nros. 8, 10, 12 y 17.-

Montevideo, 11 de Diciembre de 2001.-
 
        VISTO: que la Comisión de la Mujer gestiona la renovación de un Convenio con el Instituto Mujer y Sociedad;
        RESULTANDO: 1o) que el mismo es a los efectos de continuar con la coordinación y atención jurídica de las Comuna Mujer de las Zonas Nos. 8, 10, 12 y 17;
        2o) que la erogación de referencia será atendida con cargo al Programa del año 2002;
        CONSIDERANDO: 1o) que la Dirección General del Departamento de Descentralización se expresa de conformidad;
        2o) que a los efectos de dotar de mayor agilidad al sistema asegurando su ejercicio eficiente, se entiende conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el Art. 280o. de la Constitución de la República;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aprobar el siguiente proyecto de Convenio con el Instituto Mujer y Sociedad en los siguientes términos: CONVENIO: En Montevideo, a los ............ días del mes de .................. del año dos mil dos, POR UNA PARTE: la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante la Intendencia, representada por ............................... con domicilio en la Avda. 18 de Julio No. 1360 y POR OTRA PARTE: el Instituto Mujer y Sociedad, en adelante el Instituto, representado por .........................., con domicilio en la calle Juan Manuel Blanes No. 1231, convienen en celebrar lo siguiente: PRIMERO: ANTECEDENTES.- El Instituto es una asociación sin fines de lucro destinada a actividades relacionadas con la promoción de la mujer, con reconocida trayectoria en todos los ámbitos de trabajo sobre la condición de la mujer y especialmente en relación al asesoramiento y la asistencia jurídica.- SEGUNDO: OBJETO.- En el marco de la política de la Intendencia en relación a la situación de las mujeres y de las demandas formuladas por las vecinas en los planes quinquenales elaborados por los Concejos Vecinales, la Comisión de la Mujer estima conveniente propiciar la creación de espacios de atención y asesoramiento dirigidos a las vecinas, denominados Comuna Mujer.- Las Comuna Mujer son espacios de participación local de las mujeres donde pueden desarrollar iniciativas propias así como organizar actividades en coordinación con los equipos sociales zonales y con la Comisión de la Mujer de la Intendencia.- Dentro de tales actividades se realizan jornadas educativas vinculadas a los problemas específicos planteados con mayor frecuencia por las mujeres jóvenes y adultas sobre temas tales como violencia, salud y educación.- Esta experiencia continuará en las Zonas Nos. 8, 10, 12 y 17, donde se instalaron cuatro servicios de atención y asesoramiento jurídico a las mujeres y sus familias, y se amplió a la Zona No. 18 desde el mes de noviembre de 2001. TERCERO: APORTE DEL INSTITUTO.- Los servicios de atención y asesoramiento jurídico serán atendidos por el Instituto, el que se compromete a asumir las siguientes tareas: asistencia letrada en juicios en todas las instancias, asistencia en labor extrajudicial en todas las áreas del derecho y prestación de un servicio de guardia durante el mes de enero en la Comuna Mujer de la Zona No. 12. El servicio será brindado por un equipo estable de profesionales para cada zona, integrado por un abogado y un procurador, quienes podrán ser suplidos en caso de enfermedad, maternidad y otras causas de fuerza mayor, de acuerdo con una lista de profesionales presentada ante la Comisión de la Mujer.- Los servicios jurídicos prestarán un horario de atención al público de seis horas semanales en cada Comuna Mujer.- El Instituto asimismo, contratará una coordinadora de los servicios quien asumirá el vínculo y la coordinación necesaria entre los cuatro equipos profesionales y entre éstos y la Comisión de la Mujer.- La Coordinadora dedicará quince horas semanales en su labor, procurando la buena integración de los servicios dentro de las zonas y la coordinación entre éstos y los recursos comunitarios preexistentes. Realizará actividades informativas y de divulgación dirigidas a las vecinas. CUARTO: APORTE DE LA INTENDENCIA.- La Intendencia se obliga a: a) transferir por concepto de donación modal la suma de $ 675.531,oo (pesos uruguayos seiscientos setenta y cinco mil quinientos treinta y uno) al Instituto, con el objetivo de cubrir los gastos de personal, administración e institucionales que impliquen la instrumentación del programa, de los cuales deberá rendir cuentas mensualmente ante la Unidad Auditoría, en la forma y según los procedimientos que ésta determine.- La suma referida se abonará en tres cuotas, la primera a la firma del Convenio, la segunda en el mes de mayo y la última en el mes de setiembre, y b) poner a disposición un local con equipamiento mínimo necesario en cada una de las zonas para la atención del servicio.- QUINTO: La Intendencia no tendrá injerencia alguna en las relaciones laborales que eventualmente se deriven de este Convenio, siendo de exclusiva responsabilidad del Instituto el cumplimiento de tales obligaciones de acuerdo a las leyes vigentes. SEXTO: PLAZO.- El Convenio comenzará a regir a partir del 1/I/02 y hasta el 31/XII/2002 y podrá ser renovado de acuerdo con la evaluación de sus resultados, efectuada por la Comisión de la Mujer. Para constancia y como prueba de conformidad se firman dos ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.-
        2.- Establecer que las presentes actuaciones deberán volver a la Unidad de Gestión Presupuestal del Departamento de Descentralización a los efectos de efectuar la imputación correspondiente
        3.- Delegar en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de suscribir el Convenio que por el numeral anterior se aprueba.-
        4.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros; Servicios de Relaciones Públicas; Escribanía; Unidades de Convenios, Central de Presupuesto y de Gestión Presupuestal del Departamento de Descentralización y pase por su orden a la Contaduría General y a la Comisión de la Mujer a sus efectos
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ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-