Resolución N° 354/00/2000
Nro de Expediente:
2220-000291-00
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
8/3/2000


Tema:
EXONERACIONES - MULTAS Y RECARGOS

Resumen:
Se declara exonerada a la señora María Catalina Giralt de Mariani del pago de la multa y recargos emergentes de la deuda que mantiene con esta Comuna, por concepto del tributo de Patente de Rodados respecto del vehículo padrón No. 384.273, matrícula No. 300.218, al amparo del Art. 25 del Decreto No. 27.803.-

Montevideo, 8 de Marzo de 2000.-
 
        VISTO: la gestión realizada por la señora María Catalina Giralt de Mariani, solicitando exoneración de pago de multa y recargos emergentes de la deuda que por concepto del tributo de Patente de Rodados mantiene con esta Comuna, respecto del vehículo de su propiedad padrón No. 384.273, matrícula No. 300.218;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante expresa que junto con su hijo señor Luis Agustín Mariani Giralt, son propietarios del vehículo por modo sucesión, el cual estaba exonerado del pago de la patente por ser para lisiado, y por lo tanto nunca se les notificó la existencia de alguna deuda;
        2o.) que el Servicio de Gestión de Cobro de Morosos no registra gestiones de cobro administrativas o judiciales con referencia a la deuda motivo de estas actuaciones;
        3o.) que el Servicio de Ingresos Vehiculares expresa que no existe norma que ampare lo solicitado, pero que se podría ajustar la deuda por IPC dado lo excepcional del caso de referencia;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la División Administración Fiscal expresa que procede exonerar al vehículo padrón No. 384.273 del pago de multa y recargos, al amparo del Art. 25 del Decreto No. 27.803;



        2o.) que el Director General del Departamento de Recursos Financieros comparte lo informado precedentemente;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la señora María Catalina Giralt de Mariani del pago de la multa y recargos emergentes de la deuda que mantiene con esta Comuna, por concepto del tributo de Patente de Rodados respecto del vehículo padrón No. 384.273, matrícula No. 300.218, al amparo del Art. 25 del Decreto No. 27.803.-
        2o.- Disponer que las sumas adeudadas se reajustarán por el Indice de Precios al Consumo (IPC), desde el mes en que se debían efectuar cada uno de los pagos hasta el mes inmediato anterior al de su pago efectivo.-
        3o.- Establecer un plazo de 30 días a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución para hacer efectivo el pago de lo adeudado o celebrar convenio de pago. Pasado este plazo la deuda generará la multa y recargos establecidos por la normativa vigente.-
        4o.- Pase por su orden al Servicio de Ingresos Vehiculares y al Servicio de Gestión de Cobro de Morosos para su cumplimiento.-

Cr. HUGO DIAZ, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-