Resolución N° 3853/12
Nro de Expediente:
4300-002048-11
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
10/9/2012


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Aprobar el texto de un convenio a firmarse con la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE) , con el objetivo de contribuir a la mejora de la salud de la población montevideana a través de planes zonales con objetivos, indicadores y metas, apoyados en una amplia coordinación interinstitucional y participación comunitaria.-

Montevideo, 10 de Setiembre de 2012.-
 
        VISTO: que la División Salud eleva estas actuaciones tendientes a la firma de un convenio con la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE);
        RESULTANDO: que el mismo tiene como objetivo contribuir a la mejora de la salud de la población montevideana a través de planes zonales con objetivos, indicadores y metas, apoyados en una amplia coordinación interinstitucional y participación comunitaria;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la División Asesoría Jurídica formula observaciones al texto propuesto que han sido recogidas en el presente;
        2o.) que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social estima oportuno el dictado de Resolución en el sentido indicado;
        3o.) que a los efectos de dotar de mayor agilidad al sistema se estima conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el artículo 280o. de la Constitución de la República;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aprobar el texto de un convenio a firmarse con la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE) , en los siguientes términos: CONVENIO: En la ciudad de Montevideo, el día ........del año dos mil doce, comparecen, POR UNA PARTE: La Intendencia de Montevideo, en adelante la IdeM, representada en este acto por............, con domicilio en Avda. 18 de Julio No. 1360 y POR OTRA PARTE: la Administración de los Servicios de Salud del Estado, en adelante ASSE, representada por ....................., con domicilio en ......., acuerdan celebrar el siguiente convenio: PRIMERO: ANTECEDENTES: El presente convenio tiene los siguientes objetivos:
        I) El Convenio del mes de julio de 2002 para el desarrollo de un Plan de Atención a la Salud para los ciudadanos de Montevideo;
        II) El Convenio Marco de fecha 21 de setiembre de 2005 entre la IdeM y el Ministerio de Salud Pública (MSP) para fortalecer el Primer Nivel de Atención a la Salud de Montevideo promoviendo el cambio del modelo de atención y de gestión, en el marco de la articulación del Sistema Nacional Integrado de Salud; III) Avances realizados en la articulación de las políticas de salud y complementación público-público en la labor de los servicios de la IdeM y ASSE en Montevideo desde el año 2005 en adelante;
        IV) Transformaciones institucionales hacia la constitución de un Sistema Nacional Integrado de Salud, consagradas por leyes y decretos desde el año 2005;
        V) Descentralización de ASSE respecto al MSP y su constitución como Servicio Descentralizado;
        VI) Nuevo modelo de descentralización participativa aprobado y en proceso de implementación en el departamento de Montevideo y
        VII) El Convenio firmado el día 15 de setiembre de 2011 entre la IdeM y el Ministerio del Interior para complementación de servicios entre la División Salud de la IdeM y la Dirección Nacional de Sanidad Policial (DNSP), en el cual los pacientes de ASSE atendidos en la policlínica de la IdeM accederán a un cupo de consultas con especialistas y estudios paraclínicos, como contrapartida a las prestaciones de Primer Nivel que las policlínicas de la IdeM brindarán a los usuarios con cobertura de DNSP adscriptos a las mismas.-
        SEGUNDO: OBJETOS DEL CONVENIO:
        I) Consolidar la articulación del Servicio de Atención a la Salud de la División Salud de la IdeM con el prestador integral ASSE y su red de Atención a la Salud de usuarios del departamento de Montevideo, con su plena integración al Sistema Nacional de Salud;
        II) Mejorar la coordinación de servicios entre prestadores públicos en el marco de la línea estratégica de consolidación de una Red Interinstitucional de Efectores Públicos de Salud (RIEPS);
        III) Desarrollar políticas de salud integrales con énfasis en la promoción y prevención de salud articuladas con los procesos de descentralización territorial y de construcción de una sociedad más integrada y democrática; y
        IV) Contribuir a la mejora de la salud de la población montevideana a través de planes zonales con objetivos, indicadores y metas, apoyados en una amplia coordinación interinstitucional y participación comunitaria.-
        TERCERO: COMPONENTES. COMPROMISOS DE CADA INSTITUCIÓN:
        Los compromisos de las instituciones se expresan en orden a los grandes ejes estratégicos consensuados:
        I) ORGANIZACIÓN TERRITORIAL.- Ambas instituciones se comprometen a la articulación en red de sus servicios, teniendo en cuenta las definiciones de área de salud, zonas, municipios y regiones. La creación de Municipios deberá considerarse como marco de referencia de la organización territorial de la atención a la salud, común a ASSE y la IdeM que se irá incorporando a través de un proceso progresivo.
        II) MECANISMOS DE COMPLEMENTACIÓN DE SERVICIOS.- Con el objetivo de optimizar las prestaciones que se brindan a la población ambas instituciones se comprometen a implementar formas de complementar la labor de las policlínicas de la IdeM con la red de ASSE. Tanto ASSE como la IdeM mantendrán la responsabilidad de cada institución sobre sus recursos humanos y materiales. Ambas instituciones se comprometen a habilitar en todos los casos que se entienda necesario formas de utilización conjunta o coordinada de la infraestructura, los insumos y de la gestión humana, en cuyo caso las decisiones se acordarán en forma interinstitucional. ASSE se compromete a brindar la paraclínica, medicación, interconsultas y servicios correspondientes a los demás niveles de atención para los usuarios de ASSE que se atiendan en las policlínicas de la IdeM, validando las indicaciones de sus técnicos. La IdeM se compromete a utilizar los procedimientos establecidos por ASSE para el acceso de los usuarios a dichas atenciones, y a mantener comunicación permanente con ASSE respecto a la apertura de servicios y al desarrollo de las prestaciones en territorio, asimismo se compromete a sostener el funcionamiento de las policlínicas departamentales y continuar brindando las prestaciones de sus equipos básicos de atención, prestaciones de su Laboratorio de Citología, prestaciones de carné de salud para usuarios de programas sociales departamentales, municipales y del MIDES y servicios de apoyo de locomoción.
        III) PROGRAMAS PRIORITARIOS.- Ambas instituciones se comprometen a llevar adelante en forma coordinada la adecuación a las realidades zonales de los programas definidos por el MSP, la implementación de los mismos con énfasis en integralidad, en la transversalidad y el enfoque participativo. Ambas instituciones se comprometen a trabajar para el cumplimiento de las metas prestacionales definidas por el SNIS así como la adopción de otros objetivos y metas que surjan del diagnóstico participativo de los problemas de salud de la población. Asimismo impulsarán conjuntamente la concreción y avances en la implementación de los Consejos Asesores Honorarios Departamentales y Municipales de Salud (Decreto 237/11);
        IV) SISTEMAS DE INFORMACIÓN.- Ambas instituciones se comprometen a continuar la adopción de mecanismos comunes de registro de las actividades que se realizan e indicadores de monitoreo, en el marco de las políticas de salud definidas, manteniendo la identificación de las prestaciones que realiza cada institución. La IdeM se compromete a mantener la conexión en red de sus policlínicas utilizando los programas informáticos que se hayan acordado entre ambas instituciones. ASSE se compromete a apoyar y asesorar el funcionamiento en red de los programas informáticos en las policlínicas de la IdeM, habilitando los módulos que correspondan a la expedición de medicamentos, dispensación de crónicos, historia clínica informatizada, etc., capacitando a los funcionarios de la IdeM que se requieran para la implantación y operación de dicho software. ASSE se compromete a habilitar a la IdeM el uso de los programas informáticos que refieran a la atención de salud (Plan Siembra y otros), incluyéndola en sus desarrollos futuros en esta materia, en la medida que haya conformidad de la misma, de forma de fortalecer la labor coordinada sobre la población usuaria de ASSE;
        V) PARTICIPACIÓN COMUNITARIA.- Las Instituciones firmantes se comprometen a apoyar todas las formas de participación comunitaria en salud, con un enfoque de red, sustentadas en diversas bases, (territorial, por centro de salud, por núcleos temáticos, etc). Ambas instituciones se comprometen a apoyar los distintos ámbitos de organización de los usuarios de salud así como su labor hacia la comunidad. Se comprometen asimismo a promover un enfoque de construcción de ciudadanía, de derechos humanos, género, equidad e inclusión social. En el entendido que la identificación de los problemas de salud de cada zona o municipio, y la consideración de que las intervenciones sobre los mismos son elementos que requieren de una amplia participación comunitaria; ambas instituciones se comprometen a que la ejecución de las acciones para revertir los problemas detectados y la promoción de una mejor calidad de vida, debe integrar la participación de los vecinos organizados como un protagonista activo.
        VI) APOYATURA PARA LA ATENCIÓN.- Siendo prioridad para ASSE el fortalecimiento del Primer Nivel de atención, reforzando las prestaciones que se efectúan en las policlínicas de la IdeM a los usuarios de ASSE, y a efectos de garantizar la oportunidad, continuidad e integralidad de la asistencia, ASSE se compromete a entregar a la IdeM la medicación necesaria de Primer Nivel, conciliada con el vademécum definido por la RAP Metropolitana, para la atención de las personas con cobertura de ASSE atendidas en las policlínicas departamentales. Se entregará en forma periódica a través de la farmacia central del SAS, que se articulará con la Proveeduría Central de la RAP- ASSE, como una farmacia más de Centro de Salud. La entrega de medicación configurará un aporte específico de ASSE a la cuenta corriente de intercambio de prestaciones con la IdeM que hace a la dinámica de complementación que anima el presente Convenio, la contrapartida que la IdeM ofrecerá por ese aporte, se sustanciará en las atenciones que se brindan desde el SAS a los usuarios con cobertura de ASSE y las consultas con especialistas y estudios paraclínicos obtenidos para pacientes de ASSE en el Hospital Policial, en el marco del Convenio vigente entre la DNSP y la IdeM (cuya nómina se anexa al presente Convenio y forma parte del cuerpo del mismo); podrá nutrirse además con estudios paraclínicos y consultas con especialistas obtenidos por la IdeM para pacientes de ASSE, mediante la firma de convenios con otras instituciones públicas o privadas. El intercambio entre las instituciones conveniantes a efectos de mantener los equilibrios de la cuenta corriente, será siempre a través del intercambio de insumos y servicios, no incluyendo transferencias financieras en efectivo. Si perjuicio de lo anterior, en la mediada en que ASSE concrete el cobro de los montos estipulados por la JUNASA por el cumplimiento de las metas prestacionales, transferirá a la IdeM la cuota parte correspondiente a los usuarios de ASSE adscriptos a policlínicas de la IdeM. ASSE se compromete asimismo a diseñar con la IdeM planes de trabajo conjunto y respuestas institucionales integradas en torno a prioridades sanitarias, cuya financiación se gestionará ante el Gobierno Nacional, y serán monitoreados y evaluados conjuntamente, en base a indicadores acordados. Se buscará así fortalecer las capacidades de respuestas de los efectores públicos articulados en la dinámica del RIEPS, a efectos de responder a las necesidades de la población, con enfoque de inclusión y ejercicio de derechos en salud, con énfasis en la población más vulnerable.-
        VII) ARTICULACIÓN INTERINSTITUCIONAL DE PRESTADORES PÚBLICOS DE SALUD.- La IdeM se compromete a participar plenamente en la Red Interinstitucional de Efectores Públicos de Salud (RIEPS), para desarrollar procesos de complementación de servicios e implementación de programas de salud con el fin de contribuir a la mejora continua de la atención de salud y de la situación sanitaria de la población usuaria de los servicios públicos. ASSE se compromete a asegurar la continuidad de la atención y la resolución en el Tercer Nivel de los pacientes con cobertura de ASSE adscritos a las policlínicas de la IdeM que reciban atención de Segundo Nivel (especialistas y estudios paraclínicos) en el Hospital Policial en el marco del convenio entre la IdeM y la DNSP.
        VIII) COORDINACIÓN PUBLICO-PRIVADA EN SALUD.- Las instituciones firmantes se comprometen a promover coordinaciones zonales de efectores públicos y privados de salud a efectos de generar compromisos para el desarrollo de políticas de salud, campañas de educación y promoción de salud, acciones programadas conjuntamente sobre problemas de salud detectados y priorizados, con una amplia participación comunitaria. En los casos que se entienda posible y necesario se establecerán formas de complementación de servicios entre el ámbito público y el privado.
        IX) COORDINACIÓN INTERSECTORIAL.- Ambas instituciones se comprometen a promover una concepción de la salud como parte integral de las políticas sociales, con vínculos profundos con todas las políticas y los procesos que inciden en la calidad de vida de la población. Consecuentemente desarrollarán nuevos pasos en la coordinación intersectorial en el territorio. Ambas instituciones se comprometen a promover la continuidad y fortalecimiento de las Mesas de Articulación Social, así como la incorporación de los nuevos municipios en Montevideo a dichas políticas. Se reconoce el proceso de descentralización participativa que ha llevado adelante Montevideo, desde hace dos décadas como punto de apoyo para esta articulación intersectorial. Ambas instituciones se comprometen a promover enfoques transversales que potencien y articulen las políticas sectoriales en salud, equidad de género, educación, vivienda, inclusión social, desarrollo urbano, protección del medio ambiente, seguridad ciudadana etc..-
        CUARTO: RESPONSABILIDAD DE LA IMPLEMENTACIÓN: A los efectos de la implementación y el desarrollo de los grandes ejes estratégicos incorporados en este Convenio se faculta a los responsables de la RAP Metropolitana de ASSE y a la División Salud de la IdeM para llevar adelante acuerdos puntuales referidos a los distintos aspectos del Convenio.
        QUINTO: MONITOREO Y EVALUACIÓN: Las partes conveniantes acordarán mecanismos periódicos de seguimiento de los objetivos planteados, y definirán diversas formas de co-participación en instancias de evaluación. Se integrará una Comisión de Seguimiento del Convenio con referentes de ASSE y de la IdeM a efectos de monitorear los equilibrios en la cuenta corriente de intercambio de servicios entre amabas instituciones. Se prevee la entrega de información anual vinculada a productividad general, a metas y principales indicadores, más allá de solicitudes específicas requeridas desde ASSE o desde la IdeM.-
        SEXTO: PLAZO: El presente convenio tendrá una duración de dos años prorrogables si no mediara voluntad en sentido contrario a las partes, que deberá efectuarse con una antelación mínima de 60 (sesenta) días al vencimiento del plazo original o cualquiera de sus prórrogas.-
        SÉPTIMO: RESCISIÓN: El incumplimiento de todas o cualesquiera de las obligaciones a cargo de las partes, dará lugar al inicio, previa constatación del mismo, de los trámites tendientes a la rescisión de este convenio por la otra parte. Se considerará que se ha configurado incumplimiento que amerite rescisión, cuando notificada por escrito de la constatación del mismo, la parte incumplidora no lo rectificara dentro del plazo de 15 (quince) días siguientes, salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación.-
        OCTAVO: DOMICILIOS ESPECIALES: Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos, en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia.- NOVENO: COMUNICACIONES: Cualquier notificación que deban realizarse las partes, se tendrá por válidamente efectuada, si la misma es hecha a los domicilios constituidos en este documento por medio de carta con aviso de retorno, fax, telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza a su realización. Para constancia y como prueba de conformidad se firman tres ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
        2.- Delegar en la Directora General del Departamento de Desarrollo Social la Facultad de firmar el convenio que por el numeral anterior se aprueba.-
        3.-Comuníquese a la Secretaría General, a las Divisiones Información y Comunicación, Asesoría Jurídica, a los Servicios de Escribanía y de Atención a la Salud y pase a la División Salud a sus efectos.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-