Resolución N° 792/17
Nro de Expediente:
2017-8014-98-000031
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
15/2/2017


Tema:
ACUERDO

Resumen:
Aprobar el acuerdo marco entre las Intendencias de Montevideo y de Tacuarembó, cuyo objetivo es aunar esfuerzos y el propósito de desarrollar relaciones de intercambio y cooperación mutua en áreas de interés común, con el objetivo de generar y fortalecer vínculos en materia de Festivales Tradicionalistas.-

Montevideo, 15 de Febrero de 2017.-
 
        VISTO: estas actuaciones promovidas por la Gerencia de Festejos y Espectáculos relacionadas con la suscripción de un Acuerdo Marco entre las Intendencias de Montevideo y de Tacuarembó;
        RESULTANDO: 1o.) que los objetivos del referido Acuerdo Marco consisten en:
        • Objetivo general: Ambos Gobiernos Departamentales acuerdan celebrar un acuerdo marco con el fin de aunar esfuerzos y el propósito de desarrollar relaciones de intercambio y cooperación mutua en áreas de interés común, con el objetivo de generar y fortalecer vínculos en materia de Festivales Tradicionalistas. A estos efectos, las Partes estudiarán, definirán, e instrumentarán, de mutuo acuerdo, las formas concretas o actividades específicas que desarrollarán en el marco del presente convenio;
        • Objetivo específico: realizar actividades conjuntas que favorezcan el crecimiento de la “Semana Criolla del Prado” y de la “Fiesta de la Patria Gaucha";
        2o.) que la Asesoría Jurídica efectuó el control jurídico formal correspondiente sin objeciones que realizar;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Cultura solicita dictar resolución al respecto;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aprobar el Acuerdo Marco entre las Intendencias de Montevideo y Tacuarembó, en los siguientes términos:
        ACUERDO MARCO ENTRE LAS INTENDENCIAS DEPARTAMENTALES DE MONTEVIDEO Y TACUAREMBÓ: En la ciudad de Montevideo, el día.....del mes de ...... del año 2017 comparecen: POR UNA PARTE: LA INTENDENCIA DE MONTEVIDEO representada por ............ en su calidad de................, constituyendo domicilio en Avenida 18 de Julio Nº 1360 de la ciudad de Montevideo y POR OTRA PARTE: LA INTENDENCIA DE TACUAREMBÓ, representada en este acto por .............. en su calidad de ..........., constituyendo domicilio en la calle 18 de Julio Nº 164 de la ciudad de Tacuarembó, quienes acuerdan lo siguiente:
        PRIMERO: ANTECEDENTES: La Gerencia de Festejos y Espectáculos de la Intendencia de Montevideo, ha venido coordinado acciones de cooperación con la Comisión Organizadora de la Fiesta de la Patria Gaucha de la Intendencia de Tacuarembó, lo cual se entiende resulta beneficioso para ambos Gobiernos Departamentales, para potenciar el desarrollo de sus cometidos. Se entiende que resulta imprescindible generar un marco institucional formal que otorgue respaldo y promueva tales relaciones y en consecuencia se acuerda la celebración del presente convenio marco para intensificar las relaciones de cooperación antes mencionadas.
        SEGUNDO: OBJETIVO GENERAL: Ambos Gobiernos Departamentales acuerdan celebrar un acuerdo marco con el fin de aunar esfuerzos y el propósito de desarrollar relaciones de intercambio y cooperación mutua en áreas de interés común, con el objetivo de generar y fortalecer vínculos en materia de Festivales Tradicionalistas. A estos efectos, las Partes estudiarán, definirán, e instrumentarán, de mutuo acuerdo, las formas concretas o actividades específicas que desarrollarán en el marco del presente convenio.
        TERCERO: OBJETIVO ESPECÍFICO: El objetivo específico de este acuerdo marco es realizar actividades conjuntas que favorezcan el crecimiento de la “Semana Criolla del Prado” y de la “Fiesta de la Patria Gaucha".
        CUARTO: METODOLOGÍA DE TRABAJO: Las partes signatarias del presente acuerdo se comprometen a trabajar en conjunto para facilitar el intercambio de saberes y experiencias, así como para la construcción de acciones que resulten en el enaltecimiento de ambas festividades, manteniendo cada organización su autonomía de trabajo.
        QUINTO: PLAZO: El presente acuerdo comenzará a regir desde la fecha de su firma y tendrá vigencia por el plazo de un (1) año a partir de la misma, renovable automáticamente por igual período. Las partes se reservan el derecho de rescindir unilateralmente el presente Acuerdo, con expresión de causa y sin responsabilidad, bastando la comunicación por escrito, con una antelación de por lo menos treinta (30) días a la fecha de la desvinculación propuesta, sin que tal decisión unilateral haga surgir a favor de las partes derecho a percibir indemnización de tipo alguno. Ambas partes se comprometen, en cualquier caso de rescindir el presente Acuerdo, a finalizar los programas, proyectos, cursos y/o actividades que se encuentren en ejercicio al momento de operarse la misma, debiendo dar cumplimiento a las obligaciones asumidas por cada Institución hasta la total conclusión de la actividad en cuestión, salvo decisión expresa y por escrito en contrario adoptada de común acuerdo por las partes.
        SEXTO: DOMICILIOS: Las partes fijan como domicilios especiales a todos los efectos, los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia.
        SÉPTIMO: NOTIFICACIONES - COMUNICACIONES: Las partes reconocen como válidas las comunicaciones y/o notificaciones que se cursen en el marco del presente Acuerdo, por telegrama colacionado, Acta Notarial u otro medio idóneo de comunicación que asegure su recepción por el destinatario.-
        OCTAVO: OTORGAMIENTO: Para constancia de lo actuado, previa lectura y en prueba de conformidad, se otorga y suscribe el presente convenio en cuatro ejemplares del mismo tenor, en el lugar y fecha antes indicado.
        2.- Comuníquese a la Intendencia de Tacuarembó, al Departamento de Secretaría General, a la División Información y Comunicación, a la Gerencia de Festejos y Espectáculos y pase -por su orden- a los Servicios de Escribanía y de Relaciones Públicas para coordinar la formalización del presente Acuerdo.-
ING. DANIEL MARTINEZ, Intendente de Montevideo.-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-