Resolución N° 301/12/8000
Nro de Expediente:
8010-002037-12
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
25/7/2012


Tema:
ESPACIO PÚBLICO

Resumen:
Convalidar lo actuado y autorizar a la productora "Araner Films", el uso de un espacio público, para la filmación de un cortometraje de ficción titulado "El traslado", el día 7 de julio de 2012.-

Montevideo, 25 de Julio de 2012.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con la solicitud de uso de un espacio público, efectuada por la productora "Araner Films", para la filmación de un cortometraje de ficción titulado "El traslado";
        RESULTANDO: 1o) que la Oficina Locaciones Montevideanas informa a fs. 3, que el espacio utilizado se encuentra ubicado en la calle Cufré Chico entre Cagancha y Coquimbo;
        2o.) que la Dirección de la División Espacios Públicos y Edificaciones del Departamento de Acondicionamiento Urbano (fs. 4), manifestó su conformidad, condicionando el uso del espacio público para el día 8 de julio de 2012;
        CONSIDERANDO: que por Resolución
        Nº 3081/10 del 12 de julio de 2010, la Sra. Intendenta de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Cultura, la facultad de autorizar puntualmente, previa consulta y asesoramiento de la División Espacios Públicos y Edificaciones, de acuerdo a la "locación" requerida, el uso de los espacios o "escenarios naturales" de la ciudad de Montevideo de la órbita municipal, con fines relacionados a la producción cinematográfica y audiovisual;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE CULTURA
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Convalidar lo actuado y autorizar a la productora "Araner Films", el uso del espacio público situado en la calle Cufré Chico entre Cagancha y Coquimbo, para la filmación de un cortometraje de ficción titulado "El traslado", el día 7 de julio de 2012.-
        2o.- Establecer que el otorgamiento de uso, fue condicionado por la División Espacios Públicos y Edificaciones del Departamento de Acondicionamiento Urbano, a que la productora se responsabilizara de:
        a) cumplir con las disposiciones departamentales vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado, tomando todas las medidas necesarias para que no se ponga en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en la actividad y de los allí presentes, siendo los únicos responsables de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar, en las personas o en los elementos materiales que se utilicen en el rodaje, exonerando a la Intendencia y a la citada División, de toda responsabilidad al respecto.
        b) todo deterioro que se produzca en el espacio solicitado, siendo pausibles de multas en caso de no ser restituido en el mismo estado en que los recibe y en correctas condiciones de limpieza, higiene y mantenimiento, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, estructuras de juego allí instaladas, pavimentos, césped, plantas y demás instalaciones, tanto de superficie, áreas o subterráneas;
        c) cumplir con la normativa ambiental vigente, prohibiéndose el tránsito y estacionamiento de vehículos sobre la vereda o en espacios verdes, debiendo tener un plan de gestión de residuos que abarque la actividad a desarrollar;
        d) realizar las coordinaciones correspondientes con los Servicios: Central de Inspección General, Vigilancia y Centro Comunal Zonal correspondiente.-
        3o.-Comuníquese a la Secretaría General; a las Divisiones Tránsito y Transporte, y Espacios Públicos y Edificaciones; al Municipio "C", a los Centros Comunales Zonales Nros. 3, 15 y 16; a los Servicios Central de Inspección General y Vigilancia y pase a la Oficina de Locaciones

        Montevideanas para la notificación pertinente.

SR. HÉCTOR GUIDO, Director General del Departamento de Cultura.-