Resolución N° 1832/99/3000
Nro de Expediente:
3250-002726-99
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
7/12/1999


Tema:
OBRAS SIN PERMISO

Resumen:
Multa 8,1625 U.R. Ruben Daniel Rodríguez, Avda. Dr. Luis A. de Herrera No. 2435.-

Montevideo, 7 de Diciembre de 1999.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el toldo colocado sin el correspondiente permiso municipal en la finca sita en la Avda. Dr. Luis A. Herrera No. 2435, propiedad del Sr. Ruben Daniel Rodríguez, C.I. 1.069.866-7;
        RESULTANDO: que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 4 informa que corresponde aplicar una multa de 8,1625 U.R., según lo que establece el Art. 3o. del Decreto No. 21.626;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 581/95 del 20/II/95 el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de 8,1625 U.R. (ocho unidades reajustables con mil seiscientas veinticinco diezmilésimas) al Sr. Ruben Daniel Rodríguez, C.I. 1.069.866-7, propietario de la finca sita en la Avda. Dr. Luis A. de Herrera No. 2435, con domicilio en la misma, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Cobro de Morosos y al Servicio Central de Inspección General a los efectos de notificar el acto administrativo al infractor, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma y pase al Departamento de Descentralización.-

SR. ALBERTO ROSSELLI , Director General del Departamento de Descentralización.-