Resolución N° 2465/00
Nro de Expediente:
1002-001857-00
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
17/7/2000


Tema:
DELEGACIONES

Resumen:
Se delega en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, las facultades que se indican.-

Montevideo, 17 de Julio de 2000.-
 
          VISTO: que por Resolución No. 2446/00, de 13 de julio del año en curso, se dispuso dejar sin efecto todas las delegaciones de atribuciones, conferidas hasta esa fecha;
          RESULTANDO: que a efectos de facilitar un rápido diligenciamiento de los múltiples cometidos asignados al Departamento de Acondicionamiento Urbano, se estima conveniente delegar diversas atribuciones;
          CONSIDERANDO: lo previsto en el artículo 280o. de la Constitución de la República;
          EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1. Delegar en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, las facultades que a continuación se detallan:
          1) declarar recibidas definitivamente obras de pavimentación y todos los contratos de obras licitados por su Departamento;
          2) autorizar a organismos estatales para apertura de zanjas en veredas y calles;
          3) suscribir convenios con el o los solicitantes de materiales para vivienda, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto No. 24.630, de 15 de agosto de 1990 y su Reglamentación aprobada por Resolución No. 5.683/90, de 10/12/90;
          4) autorizar la realización de actos públicos en parques y plazas;
          5) autorizar la extracción de ejemplares del ornato público;
          6) declarar fincas ruinosas;
          otorgar títulos de uso de sepulcros o nichos;
          7) firmar títulos de las propiedades funerarias;
          8) expedir testimonios de actuaciones solicitados por Juzgados de la Capital, así como también su comunicación;
          9) impedir el funcionamiento de establecimientos comerciales e industriales cuando existieran fallas constructivas, etc. debidamente constatadas;
          10) autorizar la rehabilitación de los establecimientos cuyo funcionamiento hubiera sido impedido por los motivos señalados en el numeral anterior;
          11) suscribir contratos de arrendamiento o de comodato de las viviendas construidas en el marco de los planes habitacionales encarados conjuntamente con el Banco Hipotecario del Uruguay y esta Intendencia Municipal;
          12) autorizar transferencias de taxis y ómnibuses y la continuidad del uso del permiso de taxi;
          autorizar la realización de competencias deportivas y procesiones religiosas en la vía pública;
          13) suscribir los convenios a que hace referencia el inciso final del Artículo 13o. del Decreto Departamental No. 24.582, de 25/6/90, referente a la compensación de costos por el otorgamiento de carnés de libre tránsito en el transporte colectivo capitalino;
          14) conceder reservas de espacio en la vía pública para estacionamiento de vehículos o carga y descarga de mercaderías;
          15) establecer preferencias de circulación vehicular en las vías de tránsito, ordenando asimismo, la colocación de las señalizaciones correspondientes;
          16) establecer el sentido único de circulación en las vías de tránsito;
          17) modificar los recorridos de las líneas de ómnibus del transporte colectivo urbano de pasajeros, así como establecer nuevas paradas y suprimir las existentes;
          18) autorizar las transferencias de permisos para la prestación del servicio de remise.-
          2. Comuníquese a todos los Departamentos, a la Unidad Central de Planificación Municipal, a la División Jurídica, a la Contaduría General, al Instituto de Estudios Municipales y pase al Departamento de Acondicionamiento Urbano a sus efectos.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-