Resolución N° 103/00/2500
Nro de Expediente:
165954
 
DESARROLLO ECONOMICO E INTEGRACION REGIONAL
Fecha de Aprobación:
15/9/2000


Tema:
PERMISOS QUIOSCOS

Resumen:
TRANSFERENCIA QUIOSCO FIJO SRA. ELIZABETH BENZO

Montevideo, 15 de Setiembre de 2000.-
 
        VISTO: la gestión presentada por la Sra. Daniela Blengini, titular del permiso de explotación de un quiosco fijo ubicado en Camino Maldonado esquina Génova;
        RESULTANDO: 1o.) que por la misma, solicita se autorice la transferencia del referido permiso a favor de la Sra. Elizabeth Benzo Ramirez;
        2o.) que la Unidad Gestión Comercial establece las condiciones que regirán dicha transferencia, señalando que de acuerdo a lo dispuesto en el Art. R.1198.3 del Volumen X del Digesto Municipal, se exime de la autorización, por vía de excepción, de la anuencia del frentista;
        CONSIDERANDO: las facultades delegadas por Resolución Nº 2473/00 de 17 de julio de 2000 del Sr. Intendente Municipal;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE
        DESARROLLO ECONOMICO E INTEGRACION REGIONAL
        RESUELVE:
        1.- Autorizar la transferencia del permiso de explotación del quiosco fijo ubicado en Camino Maldonado esquina Génova, a favor de la Sra. ELIZABETH BENZO RAMIREZ, C.I. Nº 1.885.018-2, con domicilio en Florencia Nº 3541, en un todo de acuerdo a las condiciones establecidas en el Capítulo I "De los Quioscos" del Título III "De las actividades en espacios públicos o de acceso al público" del Volumen X del Digesto Municipal, Sección I "De los Quioscos Fijos", Art. R.1184 a R.1297.1:
        A) La permisaria deberá abonar:
        cuota mensual....................................U.R. 4.-
        cuota anual........................................U.R. 11.50
        por derechos de transferencia............U.R. 30.-
        B) El permiso otorgado es de carácter precario y revocable y no podrá ser transferido total ni parcialmente, sin la autorización previa y escrita de la I.M.M., la que se reserva el derecho de aceptar y rechazar el traspaso.
        C) El depósito de garantía de fiel cumplimiento de sus obligaciones equivalente a 6 meses de derechos deberá efectuarse en el Servicio de Tesorería de la Intendencia Municipal de Montevideo, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la notificación, caducando el permiso automáticamente en caso contrario.
        2.- Comuníquese al Departamento de Descentralización; a la División Tránsito y Transporte; al Servicio Central de Inspección General y pase a la División Promoción Económica, para notificación de los interesados y demás efectos.

Sr. ALBERTO ROSSELLI, Director General del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional.-