Resolución N° 341/22/1000
Nro de Expediente:
2017-3270-98-000070
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
9/6/2022


Tema:
CLAUSURAS

Resumen:
Se clausura el local destinado a kiosko ubicado en la calle José Antonio Cabrera No. 3790, propiedad de la empresa Yaqueline González, por falta de la habilitación correspondiente (Servicio de Regulación Alimentaria).-

Montevideo, 9 de Junio de 2022.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con el local destinado a kiosko ubicado en la calle José Antonio Cabrera No. 3790, propiedad de la empresa Yaqueline González;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 6 solicita la clausura del referido establecimiento por falta de la habilitación correspondiente (Servicio de Regulación Alimentaria);
        2o.) que se procedió a otorgar vista de acuerdo a lo dispuesto en el Art. R.69 del Vol. II del Digesto Departamental a efectos de la formulación de descargos, sin que estos se hayan presentado;
        3o.) que el Municipio E expresa que habiendo vencido el plazo de 10 días a efectos de presentar el inicio de trámite de la mencionada habilitación sin haber dado cumplimiento, propicia el dictado de resolución de clausura;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 4241/20 de 1/12/20 se delegó en la Secretaria General las facultades de
        clausurar locales cuando se constaten infracciones a la normativa que regula su funcionamiento;
        LA SECRETARIA GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Clausurar el local destinado a kiosko ubicado en la calle José Antonio Cabrera No. 3790, propiedad de la empresa Yaqueline González, CI 4.268.931-3, RUT 218120820019, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Establecer que el Servicio de Convivencia Departamental, al hacer efectiva la clausura, notificará a la interesada, que una vez que hayan cesado las causas que la originaron podrá solicitar la reapertura del local, el que no deberá ponerse en funcionamiento hasta que se dicte resolución rehabilitándolo, bajo apercibimiento de la aplicación de más severas sanciones.-
        3.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 6, de Convivencia Departamental (Unidad Clausuras) para la notificación correspondiente y pase al Municipio E a sus efectos.-

Ing. Agr. Olga Otegui, Secretaria General.-