Resolución N° 127/23/6000
Nro de Expediente:
2023-6446-98-000119
 
PLANIFICACION
Fecha de Aprobación:
12/10/2023


Tema:
MULTAS

Resumen:
APLICAR UNA MULTA DE U.R. 25 (UNIDADES REAJUSTABLES VEINTICINCO) AL EMPRENDIMIENTO DESARROLLADO EN LOS PADRONES NOS. 158506, 158507, 158508, 158509, 158510, 158511, 158487, 158489, UBICADOS DENTRO DE LOS LÍMITES DEL SERVICIO CENTRO COMUNAL ZONAL Nº 18, MUNICIPIO A, POR CONCEPTO DE FALTA DE HABILITACIÓN COMERCIAL.

Montevideo, 12 de Octubre de 2023.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con las actividades sin permiso desarrolladas en los padrones Nos. 158506, 158507, 158508, 158509, 158510, 158511, 158487, 158489, ubicados dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 18, Municipio A, propiedad de la empresa Sesamax S.A., RUT 217609510018, domiciliada en la calle Eduardo Paz Aguirre Nº 2274;
          RESULTANDO: 1º) que la Unidad Control y Monitoreo Territorial informa que:
          a) se trata de las actividades realizadas sin autorización en en los padrones Nos. 158506, 158507, 158508, 158509, 158510, 158511, 158487, 158489;
          b) la empresa fue intimada a fin de regularizar la situación en fechas 13 de julio, 26 de agosto y 28 de noviembre de 2022, sin que diere cumplimiento a lo intimado;
          c) corresponde aplicar una sanción de U.R. 25 (unidades reajustables veinticinco) por concepto de falta de habilitación comercial de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 21.626, Sección XIII, artículo Nº 14, literal a), importancia de la industria grande, entidad de la infracción grave;
          2º) que la Gerencia Planificación Territorial se manifiesta de conformidad con lo informado y promueve el dictado de resolución correspondiente;
          3º) que se procedió de acuerdo a lo establecido en el Art. R.69 del Volumen II del Digesto, estando el propietario en conocimiento de la aplicación de la multa de marras en fecha 16 de enero de 2023;
          CONSIDERANDO: 1º) lo establecido en la sección XIII, artículo N° 14, literal a), del Decreto N° 21.626 de fecha 11 de abril de 1984;
          2º) que por Resolución Nº 4242/20 de fecha 1 de diciembre de 2020, se delegó en la Dirección General del Departamento de Planificación la facultad de aplicar multas hasta un monto de U.R. 55 (unidades reajustables cincuenta y


          cinco);
          LA DIRECCION GENERAL DEL
          DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN
          EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
          RESUELVE:
          1º.  Aplicar una multa de U.R. 25 (unidades reajustables veinticinco) a la empresa Sesamax S.A., RUT 217609510018, domiciliada en la calle Eduardo Paz Aguirre Nº 2274, propietaria de los padrones Nos. 158506, 158507, 158508, 158509, 158510, 158511, 158487, 158489, ubicados dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 18, Municipio A, por falta de habilitación comercial.-
          2º.  Comuníquese al Departamento de Desarrollo Urbano, al Municipio A; a la Gerencia Planificación Territorial; a los Servicios Contralor de la Edificación, Gestión de Contribuyentes y Centro Comunal Zonal Nº 18 y pase a la Unidad Control y Monitoreo Territorial para que se sirva notificar al infractor del presente acto administrativo, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación para el pago de la multa bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para su cobro.-

DR. ARQ. LUIS OREGGIONI, Director General del Departamento de Planificación.-.-