Resolución N° 14/19/5500
Nro de Expediente:
2016-5500-98-000067
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
27/2/2019


Tema:
REHABILITACIÓN

Resumen:
Rehabilitar el local comercial, sito en la calle Bell Nº 835, clausurado por Resolución Nº 260/18/5500;

Montevideo, 27 de Febrero de 2019.-
 


    VISTO: que por Resolución Nº 260/18/5500 de fecha 12 de noviembre del 2018 se dispuso clausurar al local comercial clandestino destinado a Panificadora, propiedad del Sr. Javier Fernández, titular de la C.I. 3.268.135-7, sito en la calle Bell 835;
    RESULTANDO: 1o.) que el Sr. Ricardo da Mende CI1.623.561-5 se presentó en el Servicio de Regulación Alimentaria solicitando el levantamiento de la clausura dispuesta por la Resolución mencionada, dando comienzo a la habilitación bromatológica de la empresa;
    2o.) que el sector Tecnología e Higiene Alimentaria dependiente del citado Servicio informa que con fecha 13 de diciembre del 2018 constató en Acta Nº 87.635 que el establecimiento realizó las correcciones que llevaron a su clausura;
    3o.) que la Dirección del Servicio de Regulación Alimentaria sugiere, se propicie el levantamiento de la clausura, dado que la empresa tramitó la habilitación correspondiente y se encuentra en condiciones de funcionar;
    4o.) que la División Salud se manifiesta de conformidad;
    CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3257/15 de fecha 09 de julio del 2017, el señor Intendente delegó en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social la facultad de autorizar la rehabilitación de los establecimientos cuyo funcionamiento hubiera sido impedido por razones urgentes de salubridad, fallas constructivas y otras transgresiones a la normativa departamental vigente, una vez eliminadas las circunstancias que ameritaron la medida;
    LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE
    DESARROLLO SOCIAL EN EJERCICIO
    DE FACULTADES DELEGADAS
    RESUELVE:
    1.- Rehabilitar el local comercial ubicado en la calle Bell Nº 835, RUT 21319380019, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.- Comuníquese al Departamento de Secretaría General para conocimiento de la Jefatura de Montevideo, a la División Salud, al Servicio de Convivencia Departamental (Unidad Clausuras) para la notificación correspondiente y pase al Servicio de Regulación Alimentaria.-

Dra. Fabiana Goyeneche, Directora General del Departamento de Desarrollo Social.-