Resolución N° 626/15/1000
Nro de Expediente:
5220-031663-15
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
6/8/2015


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 20 a la Sra. Irma Mattos, responsable del local destinado a Casa de Inquilinato, ubicado en Cerro Largo 1093 (planos).-

Montevideo, 6 de Agosto de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a Casa de Inquilinato, ubicado en Cerro Largo 1093, responsabilidad de la Sra. Irma Mattos, CI 1.305.658-3;
        RESULTANDO: 1o.) que por Acta A No. 30732 de 15/5/15 el Servicio Central de Inspección General intimó a la presentación de los planos actualizados aprobados por el Servicio de Contralor de la Edificación en un plazo de 5 días;
        2o.) que el Sector Hoteles, Pensiones, Inquilinatos y Afines, sugiere la aplicación de una multa de UR 20 por no haber dado cumplimiento a lo intimado, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nacional sobre Arrendamientos, al Artículo D.4107 numeral 22, Cap. III, Tit. VI, Libro XV, Vol. XV del Digesto Departamental y por Artículo 3, numeral 5 del Régimen Punitivo vigente;
        3o.) que el 10/7/15 el Servicio Central de Inspección General, eleva las actuaciones solicitando el dictado de la resolución correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) que por Resolución N° 3248/15 de 9/7/15, se delegó en el Secretario General la facultad de aplicar multas de hasta un monto de UR 55;
        3o.) que la



        Prosecretaría General se manifiesta de conformidad;
        EL SECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 20 (Unidades Reajustables veinte) a la Sra. Irma Mattos, CI 1.305.658-3, responsable del local destinado a Casa de Inquilinato, ubicado en Cerro Largo 1093, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese al Municipio B, a los Servicios Gestión de Contribuyentes, Centro Comunal Zonal Nº 1 y pase al Servicio Central de Inspección General para la notificación correspondiente y demás efectos.-

FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-