Resolución N° 667/25/1000
Nro de Expediente:
2023-5220-98-002865
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
30/5/2025


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 50 a la empresa Mecotir SA, por quema de residuos a cielo abierto en predio no autorizado.-

Montevideo, 30 de Mayo de 2025.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la empresa Mecotir SA, RUT 217885400019, con domicilio fiscal y constituido a estos efectos en la calle Pedro F. Berro N.º 1391, correo electrónico: wmontero@arauca.com.uy;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Convivencia Departamental informa que personal inspectivo constató la quema de residuos a cielo abierto en instalaciones no autorizadas en Av. Dr. Juan Bautista Alberdi No. 5763, siendo responsable la empresa Mecotir SA, labrándose el Acta N.º 08877 de 05/12/23;
        2o.) que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo R.69 del Volumen II del Digesto Departamental se otorgó vista a efectos de la formulación de descargos;
        3o.) que los descargos presentados insumieronun tiempo prolongado de estudio, no siendo de recibo los presentados;
        4o.) que en tal sentido el mencionado Servicio sugiere aplicar una multa de UR 50 por infringir lo dispuesto en el artículo D.1928.15 del Volumen VI "Higiene y Asistencia Social” del Digesto Departamental y conforme a lo dispuesto por igual artículo, numeral 6 del mismo cuerpo normativo;
        5o.) que la Prosecretaría General remite las actuaciones para el dictado de la correspondiente resolución;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales de acuerdo al Decreto N.º 34.134 de 12/04/12 y la Resolución N.º 2287/13 de 03/06/13;
        2o.) que por Resolución N.º 4242/20 de 01/12/2020, confirmada por Resolución Nº 2973/24
        de 12/07/24, se delegó en la Secretaría General la facultad de aplicar multas de hasta un monto de UR 55;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE SECRETARÍA GENERAL EN EJERCICIO
        DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 50 (unidades reajustables cincuenta) a la empresa Mecotir SA, RUT 217885400019, con domicilio fiscal y constituido a estos efectos en la calle Pedro F. Berro N.º 1391, correo electrónico: wmontero@arauca.com.uy, por los motivos indicados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días si la multa permaneciera impaga el Servicio de Convivencia Departamental comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar dicho cobro.-
        3.- Comuníquese a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación a sus efectos, al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio de Convivencia Departamental para la notificación correspondiente y demás efectos.-

Lic. Pablo Barrone, Secretario General.-