Resolución N° 3148/15
Nro de Expediente:
4300-000787-15
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
6/7/2015


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Convalidar lo actuado por la División Salud y aprobar el texto del acuerdo de cooperación a firmarse con el Centro de Comerciantes de Neumáticos (CECONEU), con el objeto de poner en marcha un programa de recolección de neumáticos fuera de uso tendiente a la prevención de enfermedades transmitidas por el mosquito Aedes Aegypti, con mayor énfasis en las zonas en donde se han detectado mayores niveles de infestación;

Montevideo, 6 de Julio de 2015.-
 
        VISTO: que la División Salud inicia estas actuaciones tendientes a la firma de un acuerdo de cooperación con el Centro de Comerciantes de Neumáticos (CECONEU);
        RESULTANDO: 1o) que a través de dicho instrumento se persigue la puesta en marcha de un programa tendiente a la recolección de neumáticos que se encuentran fuera de uso para evitar y prevenir la reproducción del mosquito Aedes Aegypti, con mayor énfasis en las zonas en donde se han detectado mayores niveles de infestación;
        2o.) que la División Asesoría Jurídica formula observaciones al texto propuesto que fueron recogidas en el presente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que el Acuerdo fue firmado el día 16 de junio pasado en los términos propuestos y la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social estima oportuno y conveniente el dictado de Resolución en tal sentido;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Convalidar lo actuado por la División Salud y aprobar el texto del acuerdo de cooperación a firmarse con el Centro de Comerciantes de Neumáticos (CECONEU), en los siguientes términos: ACUERDO DE COOPERACIÓN. En la ciudad de Montevideo, el 16 de junio de 2015, POR UNA PARTE: la Intendencia de Montevideo (en adelante IdeM), inscripta en el Registro Único Tributario con el Nº 211763350018, con domicilio en la Avenida 18 de Julio Nº 1360 de Montevideo, representada por la Intendenta de Montevideo, Profesora Ana Olivera y asistida por el Secretario General, señor Ricardo Prato; y POR OTRA PARTE: el Centro de Comerciantes de Neumáticos (en adelante CECONEU), inscripta en el Registro Unico Tributario con el Nº 215697320015 con domicilio en Bulevar Artigas No. 3262 de la ciudad de Montevideo, representado por los Sres. Gustavo Amacoria y Gustavo Curbelo, C.I. Nos. 1.886.712-7 y 3.476.844-4, respectivamente, en sus calidades de Presidente y Secretario de la Comisión Directiva. En el marco de la campaña que Montevideo lleva adelante para la  prevención de enfermedades transmitidas por el mosquito Aedes aegypti  como el Dengue, Chikungunya y Zika, la IdeM y el CECONEU, acuerdan;
        Que la IdeM a través del Servicio de Salubridad Pública de la División Salud  promoverá  el retiro de los neumáticos fuera de uso  que constituyen un riesgo de reproducción del mosquito Aedes aegypti en todo Montevideo,  con énfasis en las zonas donde se ha detectado mayores niveles de infestación  a partir de la labor del LIRA. A esos efectos se compromete a: 1) Jerarquizar este tema en el desarrollo del Levantamiento de Índices Rápidos de Aedes que incluye visitas a 800 predios en cada municipio, comunicando a vecinos  y empresas la forma de incluir los neumáticos en el Plan Testigo de Gestión de   Neumáticos Fuera de Uso llevándolos a las gomerías identificadas en cada zona, como puntos de recolección obligatorios como lo establece el decreto de DINAMA; 2) Actuar de manera similar en las Campañas de Descacharre en Zonas de Riesgo con recorridas casa a casa en 9 manzanas alrededor de cada foco positivo (Aedes encontrado por Lira, ovitrampa o denuncia del vecino) en las zonas de mayor nivel de infestación y 3) Promover asimismo  la eliminación de los puntos críticos ya detectados en estas zonas donde el factor de riesgo es la acumulación de neumáticos.   Por su parte el CECONEU se compromete a: a) incluir estos puntos en el  Plan Testigo de Gestión de Neumáticos Fuera de Uso retirando los neumáticos de las gomerías, mediando un aviso a la organización que se encontrara a la espera de las cantidades identificadas, para luego, trozarlas, promoviendo su reciclado o su disposición final en condiciones adecuadas y b) entregar a la empresa que entregue los NFU, un certificado en donde conste la entrega en forma ambientalmente adecuada.
        De esta forma  ambas instituciones contribuyen a la reducción de un problema sanitario importante así como  de una problemática ambiental  y genera las condiciones para la implementación futura de una norma de carácter nacional que reglamente la gestión ambientalmente adecuada de los neumáticos fuera de uso.
        Las partes acuerdan la mora de pleno derecho, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna, por el simple hecho de hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado. la indivisibilidad de las obligaciones contraídas en el presente convenio hasta la total extinción de las mismas, que cualquier notificación que deban realizarse se tendrá por válidamente efectuada si la misma es hecha a los domicilios constituidos en este documento, por medio de carta con aviso de retorno, fax, telegrama colacionado, o cualquier otro medio que diera certeza de su realización, como domicilios especiales a todos los efectos de este convenio, en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia y que el incumplimiento de todas o cualesquiera de las obligaciones a cargo de la CECONEU, dará lugar al inicio, previa constatación del mismo, de los trámites tendientes a la rescisión de este convenio por parte de la IdeM, considerándose que se ha incurrido en incumplimiento que amerite la rescisión, cuando notificada por escrito de la constatación del mismo, dentro del plazo de diez días siguientes no lo rectificara a satisfacción de la IdeM, salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación. Serán de aplicación las normas que regulan la sustanciación del procedimiento administrativo en la IdeM, que la CECONEU declara conocer y aceptar.
        La CECONEU acredita la representación invocada según __________________ . En prueba de conformidad, se firman tres ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.
        2.- Comuníquese a la División Comunicación e Informacion, al Servicio de Salubridad Pública y pase a la División Salud a sus efectos.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-