Resolución N° 629/15/1000
Nro de Expediente:
5220-032379-15
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
6/8/2015


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 12 a Cinirol SRL, responsable del local denominado Jackson Bar, ubicado en Juan D. Jackson 1220.-

Montevideo, 6 de Agosto de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local denominado Jackson Bar, ubicado en Juan D. Jackson 1220, responsabilidad de Cinirol SRL, RUT 21 7488090013;
        RESULTANDO: 1o.) que por Acta No. 40243 de 21/6/15, el Servicio Central de Inspección General señala que en el domicilio de obrados se constató fuego vivo;
        2o.) que el Sector Espectáculos Públicos y Afines, sugiere la aplicación de una multa de UR 12, por la infracción constatada, de acuerdo al Art. D.2804, numeral 8, literal B (De los Espectáculos Públicos, Vol. XIII) y al Art. 8, Ap. A, inciso 29 del Decreto No. 21.626, primera reincidencia;
        3o.) que el 10/7/15 el Servicio Central de Inspección General eleva las actuaciones solicitando el dictado de la resolución correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) que por Resolución N° 3248 de 9/7/15, se delegó en el Secretario General la facultad de aplicar multas de hasta un monto de UR 55;
        3o.) que el 30 de enero





        de 2015 la Prosecretaría General se manifiesta de conformidad;
        EL SECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 12 (Unidades Reajustables doce) a Cinirol SRL, RUT 21 7488090013, responsable del local denominado Jackson Bar, ubicado en Juan D. Jackson 1220, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese al Municipio B, a los Servicios Gestión de Contribuyentes, Centro Comunal Zonal Nº 2 y pase al Servicio Central de Inspección General para la notificación correspondiente y demás efectos.-

FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-