Resolución N° 906/00/3000
Nro de Expediente:
3200-004599-00
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
29/6/2000


Tema:
MULTA HABILITACION INSPECCION GRAL.

Resumen:
Multas 9,7164 U.R. y 14,8410 U.R. Margot Pereira, Ruta No. 1 Km. 10,500.-

Montevideo, 29 de Junio de 2000.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio Central de Inspección General;
        RESULTANDO: 1o) que según surge de las mismas, el 12/IV/2000, mediante Boleta No. 57876 se intimó a la Sra. Margot Pereira, C.I. 1.222.555, propietaria del establecimiento destinado a depósito, con domicilio a los efectos legales en la Ruta No. 1 Km. 10,500, que procediera a presentar la documentación que habilite el funcionamiento del mismo;
        2o) que comprobándose el incumplimiento de lo intimado dentro de los plazos establecidos, el Servicio Central de Inspección General sugiere la aplicación de dos multas de 9,7164 U.R. y 14,8410 U.R. respectivamente, al titular de obrados por infracción al Decreto No. 5.332, a la Resolución No. 2.873/92 y al Art. D.3.419.10 del Volumen XV, Tomo II, Art. 3o. Inc. 20, de acuerdo con el Decreto No. 21.626 del 23/IV/84;
        3o) que la División Administraciones Locales se manifiesta de conformidad;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o) que por Resolución No. 581/95 del 20/II/95 el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de aplicar

        multas hasta 55 U.R.;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aplicar dos multas de 9,7164 U.R. (nueve unidades reajustables con siete mil ciento sesenta y cuatro diezmilésimas) y 14,8410 U.R. (catorce unidades reajustables con ocho mil cuatrocientas diez diezmilésimas) respectivamente, a la Sra. Margot Pereira, C.I. 1.222.555, con domicilio a los efectos legales en la Ruta No. 1 Km. 10,500, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General informará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Cobro de Morosos a efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Pase al Servicio Central de Inspección General para su notificación y demás efectos.-

PROF. ANA MARIA OLIVERA, Directora General del Departamento de Descentralización.-