Resolución N° 411/01/6300
Nro de Expediente:
4450-000962-01
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
30/11/2001


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de 50 U.R. a la empresa Sur, por incumplimiento del Artículo 46 Inciso 5.

Montevideo, 30 de Noviembre de 2001.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la División Limpieza, relacionadas con incumplimientos constatados en el servicio de la empresa SUR Ingeniería Ambiental;
        RESULTANDO: 1o.) que con fecha 19 de noviembre de 2001, la Unidad de Control del Contrato No. 1.215 informa que se constató falta de barrido mecánico y manual de la tarea programada para los días 18 y 19 de noviembre del año en curso en las canteras del Parque Rodó, para la competencia automovilística;
        2o.) que la mencionada Unidad comunicó al Consorcio, adjudicatario del citado Contrato No. 1.215, la infracción constatada y solicitó los descargos de acuerdo al Artículo 45o. del Pliego de Condiciones Particulares que rigió la licitación;
        3o.) que el citado Consorcio presenta sus descargos con fecha 18 de noviembre de 2001, los que a juicio del Encargado de la Unidad de Control del Contrato No. 1.215, no justifican la falta de prestación realizada los días 17 y 18 de noviembre de 2001, por lo que, solicita la aplicación de las sanciones punitivas correspondientes, al amparo del Artículo 46o. numeral 5o. del Pliego ya citado y cuya penalidad es de 25 U.R. a 50 U.R.;
        CONSIDERANDO: que el Director de la División Limpieza, es de opinión favorable en que se aplique la multa

        correspondiente;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESARROLLO AMBIENTAL
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.-Aplicar, al amparo del numeral 5o., Artículo 46o. del Pliego de Condiciones Particulares que rige el Contrato No. 1.215, una multa de CINCUENTA UNIDADES REAJUSTABLES (U.R. 50), al Consorcio Benito Roggio e Hijos S.A., ORMAS S.A.I.C.I.C. y Equipos y Servicios Ltda. (SUR Ingeniería Ambiental), por las razones indicadas en la parte expositiva de la presente Resolución.
        2o.-Comuníquese a Contaduría General y a la Unidad de Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Ambiental y pase a la Unidad de Control de Contratos y Convenios, para la notificación a la empresa infractora y vencido el plazo de presentación de descargos, proceda a descontar el importe de la multa de la facturación mensual como lo prevé el Pliego General de Condiciones.

ING. LUIS LAZO, Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental.-