Resolución N° 2709/01
Nro de Expediente:
156025
 
DESARROLLO ECONOMICO E INTEGRACION REGIONAL
Fecha de Aprobación:
23/7/2001


Tema:
PERMISOS QUIOSCOS

Resumen:
Dejar sin efecto el permiso para funcionamiento del quiosco fijo ubicado en Avenida Garzón esquina Camino Ariel, otorgado al Sr. WASHINGTON CARDOZO SMITH

Montevideo, 23 de Julio de 2001.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con la autorización de funcionamiento de un quiosco fijo, ubicado en Avenida Garzón esquina Camino Ariel;
        RESULTANDO: 1o.) que por Resolución Nº 59/98, de 13 de febrero de 1998 del ex-Departamento de Actividades Productivas y Comerciales, se otorgó el permiso de explotación del referido quiosco fijo al Sr. Washington Cardozo Smith;
        2o.) que la Unidad Gestión Comercial informa que el permisario adeuda sus obligaciones mensuales desde el mes de diciembre de 2000, la anualidad del referido ejercicio, y 16 cuotas de un convenio por adeudos anteriores;
        3o.) que, asimismo, señala que correspondería devengar del depósito de garantía de compromiso de fiel cumplimiento de sus obligaciones, los montos adeudados por el permisario y el saldo que resulte de esa compensación deberá gestionarse ante el Servicio Gestión de Cobro de Morosos;
        CONSIDERANDO: que en mérito a lo expuesto, la Dirección General del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional eleva actuaciones solicitando disponer la baja del permiso;
        ATENTO: a lo dispuesto en la reglamentación de Quioscos aprobada por Resolución Nº 2383/95 de 10 de julio de 1995 y su modificativa Nº 2721/96 de 17 de junio de 1996;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Dejar sin efecto el permiso para funcionamiento del quiosco fijo ubicado en Avenida Garzón esquina Camino Ariel, otorgado al Sr. WASHINGTON CARDOZO SMITH, C.I. Nº 4.053.655-0.
        2.- Establecer que las sumas adeudadas por el permisario se imputarán al monto depositado como garantía de fiel cumplimiento de las obligaciones. El saldo que resulte de esa compensación se gestionará ante el Servicio Gestión de Cobro de Morosos.
        3.- Otorgar un plazo de 10 (diez) días a partir de la notificación, para que proceda al retiro del quiosco referido. En caso de incumplimiento la Intendencia Municipal procederá a retirar la instalación y disponer de ella como lo considere más conveniente, sin que se tenga derecho a reclamo o indemnización alguna, siendo de cargo del interesado los gastos de traslado, depósito, conservación u otras causas.
        4.- Comuníquese al Departamento de Descentralización; al Servicio Central de Inspección General para su notificación y pase a la División Promoción Económica para efectivizar lo dispuesto en el numeral 2º de la presente.
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-