Resolución N° 36/16/5500
Nro de Expediente:
4373-006572-15
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
8/3/2016


Tema:
MULTA ANÁLISIS REGULACIÓN ALIMENTARIA

Resumen:
Se dispone aplicar una multa de U.R 26 a la firma Memil S.R.L., R.U.T. 212086000019, propietaria del establecimiento destinado a fábrica de helados, sito la calle José Possolo No. 4157, cuya responsable legal es la señora Gabriela Elizabeth Zaragosa Britos, C.I. 2.641.841-9, con igual domicilio a los efectos legales, por infringir lo dispuesto en el Art. D 895 inciso c) del Decreto No. 27.235 de fecha 12/IX/96.-

Montevideo, 8 de Marzo de 2016.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la extracción de muestras de crema helada de frutilla, durazno, banana y limón, del establecimiento destinado a fábrica de helados, propiedad de la firma Memil S.R.L., R.U.T. 212086000019, sita en la calle José Possolo No. 4157, cuya responsable legal es la señora Gabriela Elizabeth Zaragoza Britos, C.I. 2.641.841-9, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Regulación Alimentaria informa que de acuerdo con el resultado de los análisis microbiológicos Nros. 125385, 125386/87/88 y 89 practicados sobre los mencionados productos, los mismos presentaban clasificación fuera de condiciones reglamentarias, por presencia de elevado recuento de coliformes;
        2o.) que el citado Servicio, atento a lo expuesto precedentemente estima que correspondería aplicar una multa de U.R. 26 por infringir lo dispuesto en el Art. D. 895 inciso c) del Digesto;
        3o.) que con fecha 18/01/16 se otorgó vista al interesado sin que haya evacuado la misma;
        4o.) que la División Salud se manifiesta de conformidad;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3248/15, de 9/07/15 el señor Intendente delegó en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social la facultad de aplicar multas de hasta U.R.



        55;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESARROLLO SOCIAL
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R 26 (Unidades Reajustables veintiséis), a la firma Memil S.R.L., R.U.T. 212086000019, propietaria del establecimiento destinado a fábrica de helados, sito en la calle José Possolo No. 4157, cuya responsable legal es la señora Gabriela Elizabeth Zaragoza Britos, C.I. 2.641.841-9, con igual domicilio a los efectos legales, por infringir lo dispuesto en el Art. D 895 inciso c) del Decreto No. 27.235 de fecha 12/IX/96.-
        2.- Intimar a la infractora el cumplimiento de las normas establecidas en la Ordenanza Bromatológica, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones, como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, vencido el cual se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la División Salud, al Servicio Gestión de Contribuyentes, a la Unidad Laboratorio de Bromatología y pase al Servicio de Regulación Alimentaria para la notificación a la infractora y librar testimonio correspondiente.-

DRA. FABIANA GOYENECHE, Directora General del Departamento de Desarrollo Social.-