Resolución N° 1731/00
Nro de Expediente:
4113-004877-00
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
23/5/2000


Tema:
PERMISOS DE CONSTRUCCION

Resumen:
Sin efecto Res. Nº 4.190/96 del 9/IX/96, autorizando condicionado Obras Unidad 001 Avda. 18 de Julio Nº 1353.-

Montevideo, 23 de Mayo de 2000.-
 
        VISTO: que por Permiso de Construcción Nº 4113-004877-00, se solicita regularizar las construcciones existentes en las unidades 001 y 102 del predio Padrón Matriz Nº 7.968, sito con frente a la Avda. 18 de Julio Nº 1353, según gráficos del Arq. Marcelo Armas;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 4.190/96 del 9/IX/96 se autorizaron las reformas propuestas, debiéndose escriturar en favor de esta Intendencia Municipal la zona afectada por el ensanche de la avenida que enfrenta;
        2°) que el técnico actuante solicita reconsideración, dado la imposibilidad de obtener la anuencia del 100% de los copropietarios para cumplir con lo dispuesto en la precitada resolución;
        3º) el Servicio de Contralor de Edificaciones informa que, atendiendo las características del edificio, que posiblemente aseguren su perdurabilidad en el tiempo, se sugiere acceder a lo solicitado;
        4º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones propicia dejar sin efecto la mencionada resolución autorizando, con carácter precario y revocable, el mantenimiento de las obras efectuadas en la unidad 001 del proyecto de fraccionamiento presentado, condicionado a que en caso de expropiación de la zona de ensanche no se considerará la cuotaparte del valor del terreno y construcciones correspondiente a la referida unidad;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que corresponde proceder de conformidad;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 4.190/96 del 9/IX/96.-
        2º.- Tolerar el mantenimiento de las obras efectuadas en la unidad 001 del predio Padrón Matriz Nº 7.968, sito con frente a la Avda. 18 de Julio Nº 1353, según gráficos del Arq. Marcelo Armas del Permiso de Construcción Nº 4113-004877-00, condicionado a que en caso de expropiación de la zona de ensanche no se considerará la cuota parte del valor del terreno y construcciones correspondiente a la referida unidad.-
        3º.- Disponer que el Servicio de Escribanía documente en el correspondiente título de propiedad la condición establecida por el numeral que precede.-
        4º.- Comuníquese a los Departamentos de Descentralización, para conocimiento de la autoridad local competente, de Recursos Financieros y pase por su orden a los Servicios de Escribanía y de Contralor de Edificaciones.-
ALBERTO ROSSELLI, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-