Resolución N° 1265/19
Nro de Expediente:
2019-4610-98-000031
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
11/3/2019


Tema:
REGLAMENTOS

Resumen:
Aprobar el siguiente reglamento que regirá el Concurso de Jineteadas, a efectuarse en el marco de los festejos de la 94ª Semana Criolla, que se llevará a cabo entre el 14 y el 21 de abril de 2019.-

Montevideo, 11 de Marzo de 2019.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la aprobación del reglamento que regirá el Concurso de Jineteadas, a efectuarse en el marco de los festejos de la 94ª Semana Criolla que se llevará a cabo del 14 al 21 de abril de 2019 en el predio que usufructúa la Asociación Rural del Uruguay en el Prado;
        RESULTANDO: que a tales efectos la Gerencia de Festejos y Espectáculos eleva para su aprobación el texto del mencionado reglamento;
        CONSIDERANDO que la Dirección General del Departamento de Cultura entiende pertinente proveer de conformidad;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.-Aprobar el siguiente reglamento que regirá el Concurso de Jineteadas, a efectuarse en el marco de los festejos de la 94ª Semana Criolla, que se llevará a cabo del 14 al 21 de abril de 2019 en el predio que usufructúa la Asociación Rural del Uruguay en el Prado:
        DEPARTAMENTO DE CULTURA
        GERENCIA DE FESTEJOS Y ESPECTÁCULOS
        CONCURSO DE JINETEADAS
        94ª SEMANA CRIOLLA 2019
        La Gerencia de Festejos y Espectáculos, dependiente del Departamento de Cultura, promueve la realización de diversas actividades vinculadas con destrezas camperas, las que se efectuarán en el predio que usufructúa la Asociación Rural del Uruguay en el Prado, durante el período comprendido entre el 14 y el 21 de abril de 2019 inclusive. El certamen está constituido primordialmente por los Concursos de Jineteadas en “Basto”, “Pelo”, “Internacional en Pelo” y “Basto Argentino” y "Prueba de destreza criolla" en potros, vacunos y reservados, de acuerdo con la siguiente reglamentación.
        Artículo 1º. El número de concursantes que intervendrá por día serán: “Basto” treinta (30) jinetes; en “Pelo” treinta (30) jinetes; en “Internacional en Pelo” quince (15) jinetes y en “Basto Argentino” quince (15) jinetes.
        Los y las concursantes que obtuvieron los cinco (5) primeros premios y/o premios especiales de las nacionales en “Basto”, “Pelo”, "Internacional en Pelo” y “Basto Argentino” durante la “Semana Criolla 2018” deberán estar incluidos/as automáticamente en la nómina de la Semana Criolla 2019.
        El número de concursantes que faltare para completar la nómina total de jinetes para cualesquiera de las pruebas, será designado directamente por la Gerencia de Festejos y Espectáculos, ante sugerencia del Capataz de Campo y Jurado, debiendo tener un mínimo de dieciocho (18) y un máximo de cuarenta y cinco (45) años de edad.
        La Gerencia de Festejos y Espectáculos se reserva el derecho de rechazar los/las aspirantes que considere inconvenientes.
        Artículo 2º. Los/las jinetes aspirantes deberán presentarse en el predio que usufructúa la Asociación Rural del Uruguay en el Prado, el día sábado 13 de abril a las 09:00 horas, exhibiendo los documentos que acrediten su identidad. Asimismo deberán presentar el certificado de vacuna antitetánica vigente.
        Artículo 3º. La Gerencia de Festejos y Espectáculos designará un Jurado integrado por cuatro (4) miembros que actuará en los concursos. La inasistencia de alguno/a de los miembros del Jurado sin causa justificada, dará motivo a que la Gerencia de Festejos y Espectáculos nombre de inmediato su reemplazante.
        Artículo 4º. Será competencia del Jurado y el/la Capataz de Campo todo lo relacionado con la ejecución de las distintas pruebas, estando facultado para indicar la mejor forma de realización de estas.
        Artículo 5º. Es deber del Jurado o del/la Capataz de Campo recibir los reclamos que formulen los concursantes, los cuales serán resueltos por mayoría, pudiendo el jurado apoyarse en los medios técnicos y grabaciones oficiales disponibles para tomar la decisión, siendo su fallo inapelable.
        Dichos reclamos deberán ser presentados personalmente por los/las interesados/das.
        Artículo 6º. El puntaje lo asignará el Jurado, de acuerdo a lo previamente fijado y teniendo en cuenta la siguiente escala de valores: 0, ¼, ½, ¾, 1, 1¼, 1½, 1¾, 2, 2¼, 2½, 2 ¾, 3, 3¼, 3½, 3 ¾, 4, 4¼, 4 ½, 4 ¾, 5, 5¼, 5½, 5¾, 6, 6¼, 6½, 6¾, 7, 7¼, 7½, 7¾, 8, 8¼, 8½, 8¾, 9, 9¼, 9½, 9¾ y 10. Al finalizar las pruebas de cada día, el Jurado emitirá su puntaje a la Secretaría del mismo.
        Artículo 7º. A los efectos de declarar los/las ganadores/ras de cada competencia, se sumarán los puntajes adjudicados que se hayan acumulado durante los días del concurso, declarando ganadores/ras a los/las jinetes que hayan obtenido mayor número de puntos.
        Artículo 8º. La vestimenta de los/las concursantes deberá ser tradicional, de acuerdo con el detalle que sigue: bombachas, botas de potro o de trabajo curtidas, chambergo o sencillamente vincha, pañuelo de golilla de cualquier color, espuelas de hierro lloronas o chillonas a excepción de espuelas militares o espuelines. En ningún caso será admitido el uso de gorra de vasco, alpargatas o zapatillas, ni vestimenta con ninguna clase de sponsor y/o propaganda, lo cual ocasionará la sanción que puede alcanzar la eliminación del certamen.
        Artículo 9º. La duración de cada jineteada tendrá un máximo de diez (10) segundos en “Basto”, ocho (8) segundos en “Pelo”, ocho (8) segundos en Internacional en Pelo” y diez (10) segundos en “Basto Argentino”.
        Artículo 10º. Únicamente podrán permanecer en la pista el/la jinete concursante y los dos (2) que lo sigan en el orden con sus ayudantes correspondientes, así como el personal de campo. Los/las restantes concursantes deberán permanecer en el lugar que al efecto indique la Gerencia de Festejos y Espectáculos. El no acatamiento de esta disposición dará lugar a la aplicación de las sanciones que se estimen pertinentes.Queda absolutamente prohibido llevar cuchillo, a excepción del personal de campo.
        Artículo 11º. Los/las concursantes tendrán la obligación de realizar las distintas pruebas programadas, de acuerdo con las indicaciones del Jurado o el Capataz de Campo, pudiendo solicitar por separado la exhibición de sus habilidades.
        Artículo 12º. Los animales serán revisados antes de las pruebas por el profesional responsable quien determinará su participación.
        El Capataz de Campo y/o Jurado determina mediante sorteo diario, el orden en que los/las jinetes participarán en las pruebas durante la semana.
        Artículo 13º. Si un potro tiene falta de crines o el/la capataz de campo determina el uso de paletón o soga, debe ser de cuero con una argolla u ojal por detrás de la paleta y ajustada a criterio del capataz de campo.
        Artículo 14º. Los/las jinetes que intervengan en los concursos ensillarán los potros cuidando que la cincha no esté excesivamente apretada, utilizando pelego sencillo, sin forro y sin relleno. Dispondrán para tal tarea de un tiempo máximo de cinco (5) minutos. El no cumplimiento de esta disposición podrá dar lugar a que el Jurado o el/la Capataz de Campo disponga la eliminación del/la concursante. En las pruebas en Basto, se utilizarán las riendas por boca y se prohíbe el uso del rebenque, sustituyéndolo por el poncho abierto con manija.
        El potro que se bolea en el palenque llevará cero (0) puntos, pudiendo el jinete repetir la monta si el/la Capataz de campo así lo considera.
        Artículo 15º. Cada concursante utilizará su apero completo y espuelas para el Basto Oriental. En la modalidad Pelo e Internacional en Pelo, las espuelas serán suministradas por la Gerencia de Festejos y Espectáculos. Estos elementos serán previamente inspeccionados por el Jurado de espuelas o el/la Capataz de Campo. De comprobarse irregularidades, el Jurado y o el Capataz de Campo podrán decretar la eliminación del/la concursante, perdiendo el derecho al cobro de premios o menciones especiales.
        Artículo 16º. En lo que respecta a la monta en ”Basto Argentino”, el/la jinete usará el Basto abierto, colocado directamente sobre el lomo, sin bajera y sujeto con la encimera y cincha; las estriberas deberán prender de la encimera y se usarán estribos de pequeña embocadura, las riendas en la boca del caballo con una vuelta en la mano o muñeca del jinete, el rebenque tomado por la manijera, espuelas de piguelo corto (cuatro centímetros) y rodajas de ocho (8) puntas (pinchos) amochadas.
        En caso de boleada o costalada el/la jinete podrá apoyar la mano en el piso. Si durante la prueba el jinete perdiera un estribo, quedará sin puntaje.
        Aquel/lla jinete que castigue al caballo en la cabeza, o de cualquier otro modo maltrate al animal, quedará inmediatamente descalificado/a.
        Si caído el caballo durante la prueba el/la jinete se toma de las crines o del basto para incorporarlo, se considera charque.
        Charque o charqueada es la máxima infracción en la jineteada y puede desglosarse de la siguiente manera: apoyar la mano en la que se lleva el rebenque en cualquier parte del cuerpo del caballo, del recado o de las riendas; tomarse de los cabezales del basto o hacer chorizos con las riendas o apoyar su brazo aunque fuera involuntariamente. Una vez que la campana haya anunciado el tiempo concluido, el/la jinete no debe castigar ni espolear al potro.
        Será descalificado/a definitivamente de las pruebas el/la jinete que trabe las espuelas.
        Si un caballo ha sido correctamente largado y se bolea, sin bellaquear en el palenque, el Jurado y/o el/la Capataz de Campo pueden autorizar nuevamente la monta desde el palenque.
        Artículo 17º. No se adjudicará puntaje al/la jinete que caiga o se baje luego de anunciada la largada y antes de que la campana indique la finalización de la prueba. Será válida la prueba cuando el jinete caiga en el preciso momento del toque de campana que anuncie su terminación. Si el potro cae con el jinete, este deberá completar el tiempo hasta que termine la prueba. En las pruebas en Pelo, el Jurado podrá descontar puntos si el jinete se agarra del cuello del potro deliberadamente.
        Artículo 18º. Todo jinete que sufra un accidente deberá ser revisado/da por el facultativo designado/da por la Gerencia de Festejos y Espectáculos, quien decidirá las siguientes actuaciones de este. En caso de que el accidente sea hasta en el tercer día de jineteadas, el/la jinete accidentado/da será suplido/da por un/a jinete de bolada, que pasará a integrar el concurso.
        Si la suplencia se diera luego del tercer día el/la jinete montará con el solo fin de que ningún potro quede sin calificar.
        Artículo 19º. El/la jinete que no pueda participar en alguna de las pruebas deberá justificar su falta ante el Jurado y/o Capataz de Campo, antes de la hora 11:00 del día que le corresponda concursar, los cuales considerarán las razones expuestas y tomarán resolución. Si el/la concursante faltare sin aviso previo al llamado para intervenir en algunas de las pruebas, quedará automáticamente eliminado/da, sin derecho a percibir premios o menciones especiales. Asimismo serán descalificados/as perdiendo el derecho a los premios o menciones especiales los/as jinetes que intervengan en otros concursos de jineteadas o espectáculos similares a los que realiza la Gerencia de Festejos y Espectáculos, en el período comprendido entre el 14 y el 21 de abril de 2019 inclusive, quedando además inhabilitados para intervenir en futuros concursos.
        Artículo 20º. Las pruebas especiales de destreza campera, solo se realizarán en la forma que indique el Jurado y/o el Capataz de Campo.
        Artículo 21º. Los fallos del jurado serán inapelables.
        Artículo 22º. La Gerencia de Festejos y Espectáculos no se hará cargo por alojamiento y transportes de los/las concursantes.
        Artículo 23º. Los/as participantes, por el solo hecho de intervenir en los concursos, aceptan lo dispuesto en la presente reglamentación.
        Artículo 24º. Es competencia de la Gerencia de Festejos y Espectáculos en consulta con el/la Capataz de Campo, sancionar hasta con la descalificación a los/as jinetes que durante el período en que se desarrollen los certamenes, promuevan desórdenes, se hallen en estado ebriedad o tengan conductas inapropiadas.
        Artículo 25º. El total de premios a otorgarse para los Concursos y Pruebas de destreza criolla no podrán exceder las cantidades asignadas, modificar la escala de premios prevista, ni efectuar trasposiciones de rubro. Se establece para los Concursos y Pruebas de destreza criolla los siguientes premios:
        COMPETENCIA EN BASTO
        1 Primer Premio, sin mención
        $ 95.000,oo
        1 Segundo Premio, sin mención
        $ 65.000,oo
        1 Tercer Premio, sin mención
        $ 38.000,oo
        1 Cuarto Premio, sin mención
        $ 35.000,oo
        1 Quinto Premio, sin mención
        $ 32.000,oo
        5 Premios Especiales de $ 19.000,oo c/u, sin mención
        $ 95.000,oo
        SUB-TOTAL
        $ 360.000,00
      COMPETENCIA EN PELO
1 Primer Premio, sin mención
$ 95.000,oo
1 Segundo Premio, sin mención
$ 65.000,oo
1 Tercer Premio, sin mención
$ 38.000,oo
1 Cuarto Premio, sin mención
$ 35.000,oo
1 Quinto Premio, sin mención
$ 32.000,oo
5 Premios Especiales de $ 19.000,oo c/u, sin mención
$ 95.000,oo
SUB-TOTAL
$ 360.000,oo
      COMPETENCIA EN INTERNACIONAL EN PELO
      1 Primer Premio, sin mención
      $ 95.000,oo
      1 Segundo Premio, sin mención
      $ 65.000,oo
      1 Tercer Premio, sin mención
      $ 38.000,oo
      1 Cuarto Premio, sin mención
      $ 35.500,oo
      1 Quinto Premio, sin mención
      $ 32.000,oo
      SUB-TOTAL
      $ 265.500,oo
        COMPETENCIA EN BASTO ARGENTINO
        1 Primer Premio, sin mención
        $ 95.000,oo
        1 Segundo Premio, sin mención
        $ 65.000,oo
        1 Tercer Premio, sin mención
        $ 38.000,oo
        1 Cuarto Premio, sin mención
        $ 35.500,oo
        1 Quinto Premio, sin mención
        $ 32.000,oo
        SUB-TOTAL
        $ 265.500,oo
        MENCIONES ESPECIALES
        A - Hasta 54 (cincuenta y cuatro) Menciones Especiales de $ 13.000,oo c/u a los/as jinetes que intervengan en estas pruebas y que no hayan obtenido premios.
        SUB-TOTAL
        $ 702.000,oo
        B - Hasta 19 (diecinueve) Menciones Especiales de $14.000,oo c/u a los/as jinetes extranjeros que intervengan en estas pruebas y no hayan obtenido premios.
        SUB-TOTAL
        $ 266.000,oo
        PRUEBAS ESPECIALES
        Para premios especiales a otorgarse a los/as jinetes que participen en las pruebas de destrezas camperas (boladas, prueba de rienda, etc.).
        SUB-TOTAL
        $ 67.000,oo
        TOTAL A PAGAR
        $ 2.286.000,oo

        Artículo 26º.- Todos los casos y situaciones no previstos en este Reglamento serán resueltos por el Gerente de Festejos y Espectáculos con el asesoramiento del Sr. Capataz de Campo y o de los Miembros del Jurado.
        2.- Establecer que el gasto que demandarán dichas erogaciones se tramitará por actuaciones separadas.-
        3.- Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General, Recursos Financieros; a la División Información y Comunicación; a las Unidades Gestión Presupuestal del Departamento de Cultura y Festejos y Espectáculos; y pase -por su orden- a la Contaduría General y a la Gerencia de Festejos y Espectáculos.-
ING. DANIEL MARTINEZ, Intendente de Montevideo.-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-