Resolución N° 801/01/3000
Nro de Expediente:
9590-000352-01
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
16/8/2001


Tema:
DEJAR SIN EFECTO MULTA

Resumen:
Dejar sin efecto multa del Servicio de Regulación Alimentaria 122/39/4311 de fecha 12/II/00, aplicada a la firma GUAVIRE S.A., propietaria del establecimiento destinado a panadería, sito en la calla Hipólito Hirigoyen Nro. 2042.-

Montevideo, 16 de Agosto de 2001.-
 
      VISTO: que por Resolución del Servicio de Regulación Alimentaria No 122/39/4311, de fecha 12/II/00 se dispuso aplicar dos multas de U.R. 3 (Unidades Reajustables tres), a la firma Guavire S.A., R.U.C. 211514880013, propietaria del establecimiento destinado a panadería, sito en la calle Hipólito Hirigoyen Nro. 2042, por no exhibir habilitación;
      RESULTANDO: 1o) que con fecha 5/VI/01, el titular de la empresa presenta nota, solicitando se deje sin efecto las sanciones aplicadas ya que la habilitación se encuentra en trámite desde el día 6/VIII/98;
      2o.) que con fecha 2/VIII/01 el Servicio de Regulación Alimentaria eleva obrados, solicitando se deje sin efecto las sanciones aplicadas en virtud de que al momento de la inspección la habilitación estaba en trámite, por lo que correspondería revocar el citado acto administrativo;
      3o) que la División Salud y Programas Sociales se manifiesta de conformidad;
      LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
      DE DESCENTRALIZACION
      RESUELVE:
      1. Dejar sin efecto la Resolución del Servicio de Regulación Alimentaria No. 122/39/4311, de fecha 12/II/00, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2. Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio de Regulación Alimentaria para notificación al interesado y demás efectos.-

SR. ERNESTO DE LOS CAMPOS, Director General del Departamento de Descentralización.-