Resolución N° 165/09/6000
Nro de Expediente:
6400-000867-09
 
PLANIFICACION
Fecha de Aprobación:
26/10/2009


Tema:
VIGENCIAS

Resumen:
Autorizar desde el punto de vista urbanístico territorial la construcción de un edificio de viviendas de interés social, en el bien empadronado con el Nº 410861, ubicado con frente a la Avenida Agraciada Nº 2899 bis - 2901, dentro de los límites del C.C.Z. Nº 16.-

Montevideo, 26 de Octubre de 2009.-
 
          VISTO: el presente trámite relacionado con la solicitud de construcción de un edificio de viviendas de interés social, en el bien empadronado con el Nº 410861, ubicado con frente a la Avenida Agraciada Nº 2899 bis - 2901, y a la Plaza Dr. Joaquín Suárez, dentro de los límites del C.C.Z. Nº 16;
          RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 3460/09 de fecha 17 de agosto de 2009, se solicitó la correspondiente anuencia a la Junta Departamental de Montevideo, la que fue otorgada por el Decreto Nº 33.087 de fecha 03 de setiembre de 2009;
          2º) que por Resolución Nº 3858/09 de fecha 14 de setiembre de 2009, se promulgó el Decreto antedicho pasándose estas actuaciones al Departamento de Planificación;
          CONSIDERANDO: que por Resolución Nº3218/05 de fecha 13 de julio de 2005, se delegó en el Director General del Departamento de Planificación la facultad de dictar Resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo, mediante Decretos que oportunamente se hubieran promulgado por este Ejecutivo;
          EL DIRECTOR GENERAL DEL
          DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN
          EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
          RESUELVE:
          1º. Autorizar desde el punto de vista urbanístico territorial, la construcción de un edificio de viviendas de interés social, en el bien empadronado con el Nº410861, ubicado con frente a la Avenida Agraciada Nº 2899 bis - 2901, según gráficos adjuntos al expediente Nº 6400-000867-09, dentro de los límites del C.C.Z. Nº 16.-
          2º. Establecer que los solicitantes deberán realizar los trámites tendientes a la obtención del permiso ante el Servicio de Contralor de la Edificación, no correspondiendo el pago del precio compensatorio por concepto de mayor aprovechamiento, por tratarse de un conjunto de viviendas de interés social.-
          3º. Comuníquese a los Departamentos de Acondicionamiento Urbano y de Descentralización; a la División Región Centro; a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 16 y de Regulación Territorial; a la Junta Local Nº 16 y pase a la División Planificación Territorial.-

Arq. SALVADOR SCHELOTTO, Director General del Departamento de Planificación.-