Resolución N° 5660/11
Nro de Expediente:
4113-011224-11
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
12/12/2011


Tema:
PERMISOS DE CONSTRUCCION

Resumen:
Se autoriza, previo pago de la tasa correspondiente al Permiso de Construcción y reposiciones de esta gestión, el inicio anticipado de las obras proyectadas por Fármaco Uruguayo S.A. en el predio empadronado con el Nº 182.187, sito con frente a la Avda. Dámaso Antonio Larrañaga Nº 4496

Montevideo, 12 de Diciembre de 2011.-
 
        VISTO: que Fármaco Uruguayo S.A. solicita el inicio anticipado de las obras de reforma y ampliación proyectadas en el predio empadronado con el Nº 182.187, sito con frente a la Avda. Dámaso Antonio Larrañaga Nº 4496, según gráficos del Ing. Gonzalo Rodríguez;
        RESULTANDO: 1º) que la Comisión de Impacto Territorial, con la conformidad de la División Planificación Territorial, indicó en los gráficos los sectores que no deben formar parte de la autorización solicitada, destacando que se encuentra a su estudio el Impacto Territorial (expediente 6401-001476-10)
        2º) que el Servicio de Contralor de la Edificación propicia su autorización conforme a las condiciones establecidas en el informe del 25/X/11;
        3º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones comparte lo aconsejado;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que corresponde condicionar la autorización, estableciendo que será responsabilidad del propietario y técnico adecuar las obras a la normativa vigente, así como el ajuste a las condiciones que eventualmente se puedan disponer para la aprobación del Estudio de Impacto Territorial o en el respectivo Permiso de Construcción, otorgándose un plazo de 120 días para la presentación del mismo;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar, previo pago de la tasa correspondiente al Permiso de Construcción y reposiciones de esta gestión, el inicio anticipado de las obras proyectadas por Fármaco Uruguayo S.A. en el predio empadronado con el Nº 182.187, sito con frente a la Avda. Dámaso Antonio Larrañaga Nº 4496, según gráficos del Ing. Gonzalo Rodríguez.-
        2º.- Establecer que será responsabilidad del propietario y técnico adecuar las obras a la normativa vigente, así como el ajuste a las condiciones que eventualmente se puedan disponer para la aprobación del Estudio de Impacto Territorial o en el respectivo Permiso de Construcción, otorgándose un plazo de 120 (ciento veinte) días para la presentación del mismo.-
        3º.- Facúltase a la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano a autorizar nuevos plazos para la presentación del Permiso de Construcción en el caso que el Estudio de Impacto Territorial no hubiere concluido.-
        4º.- Comuníquese al Municipio D y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11.y pase al Servicio de Contralor de la Edificación.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-