Resolución N° 1230/00/3000
Nro de Expediente:
3400-000303-00
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
24/8/2000


Tema:
MULTA ARRENDAMIENTO SIN PERMISO

Resumen:
Aplicar multa al Sr. Abraham Drachman, propietario de la finca sita en la calle Espartero No. 1453 Apto. 1, con domicilio a los efectos legales en la calle Convención No. 1343 Esc. 712.-

Montevideo, 24 de Agosto de 2000.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio Central de Inspección General;
        RESULTANDO: 1o) que se comprobó que el inmueble sito en la calle Espartero No. 1453 Apto. 2, propiedad del Sr. Abraham Drachman, C.I. 451.751, con domicilio a los efectos legales en la calle Convención No. 1343 Esc. 712, no cuenta con la correspondiente habilitación municipal;
        2o) que según surge de la información recabada, en el mes de enero de 2000 abonaba un alquiler mensual de U$S 410, por lo que el Servicio Central de Inspección General sugiere la aplicación de una multa de U.R. 26,74 al titular de obrados, de acuerdo con el valor de la U.R. del momento, por infracción al Art. 1o. del Decreto No. 21.182 y a la Resolución No. 192.318 del 31/X/83, que reglamenta el arrendamiento de apartamentos, locales y fincas de acuerdo con el Decreto No. 21.626 del 23/IV/84;
        3o) que la División Administraciones Locales se manifiesta de conformidad;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o) que por Resolución No. 581/95 del 20/II/95 el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de aplicar

        multas hasta 55 U.R.;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 26,74 ( Unidades Reajustables veintiséis con setenta y cuatro) al Sr. Abraham Drachman, C.I. 451.751, con domicilio a los efectos legales en la calle Convención No. 1343 Esc. 712, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General informará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Cobro de Morosos a efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Pase al Servicio Central de Inspección General para su notificación y demás efectos.-

PROF. ANA MARIA OLIVERA, Directora General (I) del Departamento de Descentralización.-