Resolución N° 4576/00
Nro de Expediente:
4701-022741-00
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
8/12/2000


Tema:
TRANSPORTE COLECTIVO, RECORRIDOS, PARADAS

Resumen:
Incorporar dispositivos de control informático del flujo de pasajeros y del desempeño de las unidades.-

Montevideo, 8 de Diciembre de 2000.-
 
        VISTO: la necesidad de continuar el proceso de reestructura y racionalización del sistema de transporte urbano de Montevideo y de mejorar la información sobre el desempeño del mismo a efectos de alcanzar una gestión y contralor más eficientes;
        RESULTANDO: 1º) que es necesario mejorar la calidad del sistema de transporte público urbano de pasajeros, promoviendo un mayor uso por parte de la población, transformando diversos aspectos de su organización para hacerlo más competitivo frente a otros medios de traslado, especialmente al individual en automóvil, con una política coherente de racionalización y diversificación de los servicios;
        2º) que las condiciones del tránsito en la ciudad de Montevideo requieren medidas que prioricen el transporte público para reducir sensiblemente sus tiempos de viaje;
        3º) que es necesario generalizar el proceso de racionalización de paradas, de modo de facilitar mayormente el desplazamiento de las unidades;
        4º) que se debe mejorar la calidad del servicio, la comodidad del usuario y la eficiencia de todo el sistema, corrigiendo importantes distorsiones en el funcionamiento de las unidades de transporte, originadas en superposiciones de líneas y formas de competencia entre empresas que junto a otros factores, aumentan sus costos de funcionamiento;
        5º) que la construcción de las terminales de ómnibus de Paso de la Arena, la de Ramón Tabárez y Carlos Ma. Ramírez y otras previstas, diseñadas para cumplir la función de intercambio de pasajeros entre líneas troncales y locales, conllevan la adaptación de mecanismos de reconocimiento y validación de los medios de viaje para quienes cambien de ómnibus, sin menoscabar los controles necesarios para asegurar el uso correcto de los beneficios y limitaciones que se establezcan;
        6º) que es conveniente ajustar los criterios de distribución de los ingresos que se generan por la expedición de distintos boletos en régimen compartido por las empresas, estableciendo mecanismos que la relacionen con los servicios que cada unidad presta realmente;
        7º) que la Intendencia Municipal de Montevideo se encuentra abocada a la realización de estudios sobre las posibilidades de implantación de modalidades distintas de transporte masivo en la ciudad que además de mejorar el servicio, utilicen en lo posible energía eléctrica que se produce en el país y que no contamina el ambiente;
        8º) que la profundidad de los cambios necesarios para afrontar la nueva realidad urbana, con sus necesidades y las posibilidades reales de su población, hace necesario incorporar mecanismos modernos de obtención y manejo de la información que genera el sistema, para ampliar y profundizar la planificación y el control de su funcionamiento y racionalizar aún más el uso de los recursos;
        9º) que la puesta en funcionamiento de nuevas líneas locales, la incorporación de nuevas terminales de intercambio y la ampliación de las posibilidades de combinar los recursos de todo el sistema para que funcione como una unidad al servicio de cada usuario en particular, que ya comenzó con el funcionamiento del Boleto Montevideo y del Boleto Paso de la Arena, requiere superar los mecanismos manuales de controles, que pese a la buena disposición de los trabajadores, resultan insuficientes e inaplicables para un funcionamiento adecuado en las nuevas condiciones que determinará la reestructura de la red de líneas;
        10º) que se han realizado amplias consultas con las empresas de transporte colectivo urbano de pasajeros y con las organizaciones de sus trabajadores, en una comisión sectorial del transporte urbano, a los efectos de precisar aspectos técnicos y laborales de la presente Resolución;
        CONSIDERANDO: 1º) que la reestructura del sistema de líneas del transporte urbano delineada en el Plan de Ordenamiento Territorial (Plan Montevideo), está orientada por un lineamiento estratégico de organización de sistemas de transporte urbano, común en ciudades que han encarado procesos similares;
        2º) que la misma deberá acelerar su concreción a saber: inversiones en infraestructura fija, rediseño de líneas comunes y directas, creación de nuevas líneas locales que contribuyan a mejorar las posibilidades de transporte en las zonas periféricas y/o más alejadas de los centros de actividad urbana, rediseño de los flujos del tránsito del transporte público en las grandes vías, facilitando su circulación sin interferencias del tránsito de otros vehículos;
        3º) que las empresas que prestan los servicios deben afrontar cambios profundos en la organización y gestión de sus recursos, en forma planificada, utilizando mecanismos graduales que mediante acuerdos aseguren estabilidad laboral a los trabajadores y prevengan situaciones de inseguridad;
        4º) que existe al día de hoy un número importante de unidades que deben ser renovadas, en cumplimiento de la Resolución 1.112/93 del 29/III/93 y otras que podrían renovarse en las condiciones establecidas por la Resolución 3.551/00 del 26/IX/00;
        5º) que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende necesario impulsar decididamente un plan de adecuación del sistema de transporte a la realidad que hoy viven nuestra ciudad y los ciudadanos que la habitan;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Las empresas concesionarias del sistema de transporte colectivo urbano de Montevideo deberán incorporar, a todas las unidades, dispositivos de control informático del flujo de pasajeros y del desempeño de las unidades, operativo a partir del 1º de abril del año 2001, con las siguientes características técnicas y de funcionamiento, compatibles para todas las unidades del sistema:
        A) Características técnicas.-
        - El sistema de información sobre las unidades deberá registrar:
        * La identificación del personal del ómnibus en cada turno;
        * las horas de inicio y de finalización de los turnos de cada unidad y del personal correspondiente;
        * la ubicación geográfica y los desplazamientos en el tiempo de las unidades, durante todo el horario de su funcionamiento, mediante un mecanismo de localización satelital –GPS—, de análisis diferido;
        * la gráfica de velocidades del vehículo, mediante el sistema GPS;
        * el lugar de ascenso y hora de adquisición o registro del medio de viaje de cada pasajero;
        * el número y medio de viaje de los pasajeros que utilizan el ómnibus de que se trate –viaje común, viaje con boletos rebajados, combinaciones, gratuitos, estudiantes, pases libres, boletos múltiples, y otros;
        * la recaudación por la venta de los boletos correspondientes;
        * una programación compatible que permita en forma sencilla el análisis de toda la información generada por el desempeño de cada unidad, de cada línea y de todo el sistema;
        - El sistema deberá estar diseñado para registrar todas las ventas de medios de viaje;
        - Los medios sobre los que se cargarán las distintas modalidades de viaje –tarjetas personales de estudiantes, tarjetas de pases libres, tarjetas de distintos boletos de combinación, tarjetas de viajes gratuitos, etc., serán del tipo inteligente sin contacto;
        - Toda la información acumulada sobre el ómnibus deberá ser transferida diariamente a un sistema central informático con las siguientes características:
        * todos los programas cargados en el sistema o en parte de él y todos los valores tarifarios durante su período de vigencia, deberán ser inviolables y permanecer almacenados en su forma original en registros centralizados;
        * la gestión de la información y del sistema será realizada en forma conjunta y exclusiva por las empresas de transporte y la Intendencia Municipal de Montevideo, independientemente que puedan existir registros de carácter privativo de cada una de ellas, que deberán ser manejados técnicamente en forma apropiada, por acuerdo de las partes.
        * la gestión económica y administrativa que derive del uso del sistema –ventas de todos los medios de viaje y compensaciones-- será realizada en forma conjunta y exclusiva por las empresas de transporte.
        * toda la información registrada será de carácter confidencial y reservado, según lo establecido en el Art. R. 88 del Volumen II del Digesto Municipal y no podrá, en ningún caso, ser enajenada, cedida o vendida total o parcialmente por las empresas a otras entidades y/o personas ajenas al sistema de transporte colectivo urbano de Montevideo, para ningún otro fin.
        * toda la información deberá ser registrada en forma compatible en todo el sistema de transporte, tanto para su análisis como para el uso de los medios de viaje de que dispongan los pasajeros.
        B) Características de funcionamiento
        - Todo pasajero que viaje en una unidad del transporte colectivo urbano deberá abonar su pasaje o ser portador de algún tipo de medio de viaje que permita acreditar la modalidad correspondiente. En todos los casos la transacción de cada viaje deberá ser registrada en el sistema informático, a excepción, en una primera etapa, de los escolares que viajen en las condiciones reglamentarias y los policías uniformados.
        - Todo usuario del sistema de transporte colectivo podrá viajar, en la medida que registre y abone su viaje con dinero en efectivo.
        - Los medios de viaje –tarjetas, pases, etc.— deberán ser comunes a todo el sistema y aptos para que los usuarios viajen en cualquier unidad del mismo, sin otro requisito que su uso adecuado.
        - En caso de rotura o falla del sistema informático de a bordo en una unidad en funciones, ésta deberá completar el viaje en curso, con destino EXPRESO, con los pasajeros que tenga en el momento de la falla hasta su lugar de descenso.
        2º - Las empresas concesionarias del sistema de transporte colectivo urbano deberán, antes del 31 de enero del año 2001, presentar a la Intendencia Municipal de Montevideo, los proyectos de contrato de suministro de equipos y sus respectivos programas informáticos con el o los eventuales proveedores que hubieran elegido, donde se detallen las características técnicas y las prestaciones acordadas, a los efectos de verificar los elementos definidos en el numeral 1º de la presente resolución, en particular, las condiciones de compatibilidad funcional. Los contratos deberán incluir también un plan de campañas masivas de instrucción y difusión al público sobre el uso del nuevo sistema propuesto.
        Esta Intendencia Municipal no aceptará aquellos equipos y/o programas informáticos que no aseguren en forma absolutamente clara la compatibilidad exigida, o que no tengan una garantía y respaldo técnico y de servicios capaz de asegurar la continuidad y permanencia de la prestación del servicio de transporte y el manejo adecuado de la información.
        La eventual no aceptación de alguna de las propuestas contractuales, por parte de la Intendencia Municipal, no generará a ésta responsabilidades de tipo comercial o de especie alguna con respecto de las empresas concesionarias o a los eventuales posibles proveedores.
        3º - A los efectos de continuar con el proceso de reestructura del funcionamiento del sistema de transporte urbano, la División Tránsito y Transporte deberá:
        * Incorporar a su estructura, los equipos técnicos materiales y humanos necesarios a los efectos del acceso, procesamiento y análisis de la información recabada mediante el sistema informático instalado en las unidades del sistema.
        * Proseguir con los estudios de racionalización de las líneas de transporte actualmente existentes, tendiendo a eliminar gradualmente la superposición de unidades en recorridos similares;
        * Realizar nuevas encuestas periódicas de origen y destino de personas para todo el Departamento a efectos de verificar la evolución de la movilidad y la demanda de transporte público de la población y en consecuencia, ajustar las frecuencias y otros componentes de las líneas correspondientes.
        * Avanzar en estudio de todas las zonas periféricas de la ciudad, a los efectos de diseñar una red definitiva de líneas locales, teniendo en cuenta los desarrollos urbanos previstos en el Plan Montevideo y la experiencia ya existente al respecto, de forma de poder realizar un balance entre las unidades disponibles en el sistema actual y las necesarias para la reestructura definitiva prevista en el plan, adaptando con ello los procesos de renovación de flotas en el mediano plazo;
        * Concluir el plan de prioridades y de construcción de las terminales de intercambio definidas en el Plan Montevideo a los efectos de determinar, oportunamente, los predios para su ubicación, realizar las previsiones presupuestales correspondientes y proceder a las gestiones de carácter administrativo y/o patrimonial necesarias para la ejecución de las obras;
        * Completar los estudios técnicos necesarios para la implantación de vías preferenciales de tránsito –sendas y/o vías exclusivas, sentidos únicos de circulación, prohibiciones de estacionamiento— para el transporte público en las grandes arterias de la ciudad y definir un plan de las obras necesarias, para hacer oportunamente las previsiones presupuestales que correspondan;
        * Establecer pautas y criterios técnicos y controlar la eventual transformación de líneas al sistema de unidades con conductor cobrador, que aseguren la calidad y seguridad de los servicios correspondientes;
        * Orientar la renovación de flotas, donde y cuando se requiera, hacia la incorporación de unidades de medianas dimensiones en general, para las líneas comunes, en el marco general de las Resoluciones Nos. 1.112/93 y 3.551/00.
        Aquellas unidades destinadas a las líneas locales –líneas L— y diferenciales –líneas D— que los admitan, existentes o a crearse, en un número de hasta 105 en todo el sistema en la primera etapa, deberán incorporarse en cada caso luego de un análisis con las dependencias técnicas municipales, mejorando en todos los casos las frecuencias y la regularidad de las líneas, manteniendo la actual oferta de asientos mediante el número de ómnibuses asignados a cada una y debiendo tener las siguientes características:
        peso máximo cargado inferior a 8 Tm,
        longitud total del coche, inferior a 8 m.,
        ancho total del coche, inferior a 2,3 m.,
        altura interior mínima, 1,9 m..,
        caja automática de velocidades,
        dos puertas.
        * Revisar el conjunto de los valores incluidos en la formula de calculo de la tarifa, analizando la totalidad de variables y las modificaciones que pueda ser recomendable introducir.
        * Continuar con el proceso de racionalización de paradas, de forma de agilizar el desplazamiento de los ómnibuses, sobre la base de los siguientes criterios:
        - distancia entre paradas no menor de 300-350 m en las arterias principales de transporte; distancia no menor a los 200 m en zonas barriales y periféricas;
        - equipamiento especial –refugios y cruces seguros para peatones -- en todos aquéllos puntos de cruce de líneas, fuera de las terminales de intercambio, a los efectos de facilitar la comodidad y seguridad circulatoria de los pasajeros, toda vez que deban combinar más de un recorrido para completar sus viajes;
        - completar un sistema de información sobre líneas, horarios, combinaciones de recorridos y mapas de la ciudad con dichos recorridos en todas las terminales y paradas en los puntos de cruce de líneas.-
        4º.- Establecer que en los procesos de incorporación de tecnología, los trabajadores que al presente trabajan en las empresas integrando las plantillas de trabajadores, tendrán asegurado su puesto de trabajo. No podrán tampoco efectuarse alteraciones en las categorías existentes en el sector, sus laudos y los beneficios establecidos. En los procesos de adecuación de las estructuras internas y de utilización más racional de los recursos, para el personal que integra actualmente las plantillas de cada empresa, cualquiera sea su vinculación laboral o económica, solo podrán utilizarse los mecanismos naturales de abandono del sector mediante acuerdos entre las partes involucradas. No podrán utilizarse en ningún caso, mecanismos de desvinculación compulsiva que generen situaciones de desocupación e inestabilidad en el sector, salvo las situaciones previstas por la legislación laboral nacional vigente.
        5º.- Crear una Comisión Asesora de Seguimiento para la Reestructura del Transporte Colectivo Urbano de Montevideo, integrada por dos representantes y sus respectivos alternos propuestos por la UNOTT, un representante y su respectivo alterno propuesto por TUPCI, un representante y su respectivo alterno propuesto por CUTCSA y dos representantes y sus respectivos alternos a propuesta del Departamento de Acondicionamiento Urbano. Será cometido especial de esta Comisión el análisis y opinión sobre la aplicación de los contenidos de la presente resolución, presentando un primer informe antes de los treinta días a partir de la fecha de la presente, incluyendo una propuesta de etapas en el cronograma para el funcionamiento del sistema. Será también competencia de la Comisión el estudio de toda otra propuesta para la reestructura del sistema de transporte colectivo del departamento, constituyéndose a tales efectos en asesora de la Comisión de Dirección y Seguimiento del Plan Sectorial de Movilidad y de las dependencias municipales involucradas.-
        6º.- Los pagos de subsidios devengados por las empresas de transporte colectivo por la venta de boletos bonificados de estudiantes y jubilados, a partir del 1º de abril del 2001, se harán únicamente sobre la base de la información recabada y procesada a partir de los sistemas de información y contralor electrónicos a bordo de los ómnibuses.
        7º.- Comuníquese a la Secretaría General para su transcripción a la Junta Departamental de Montevideo, al Servicio de Prensa y Comunicación para su publicación y pase a la División Tránsito y Transporte para su notificación a las empresas de transporte colectivo urbano de pasajeros.-
SR. ERNESTO DE LOS CAMPOS, Intendente Municipal (I.).-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-