Resolución N° 2012/99
Nro de Expediente:
1002-001156-99
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
1/6/1999


Tema:
COMISIONES-GRUPOS DE TRABAJO

Resumen:
Se aprueba lo actuado por el Grupo de Trabajo de los Humedales del río Santa Lucía y su informe final y se crea una Comisión Administradora de los Humedales del río Santa Lucía, con los cometidos y potestades que se establecen e integrada por los funcionarios que se indican.-

Montevideo, 1 de Junio de 1999.-
 
          VISTO: el informe presentado por el Grupo de Trabajo Humedal del Río Santa Lucía creado por Resolución No. 4.903/97, de 9 de diciembre de 1997;
          RESULTANDO: 1o.) que el trabajo realizado ha combinado actuaciones directas con las dependencias municipales que están vinculadas al Grupo de Trabajo, tales como los Departamentos de Cultura, de Desarrollo Ambiental, de Acondicionamiento Urbano y la Unidad Central de Planificación Municipal;
          2o.) que tal acción posibilitó la aplicación de algunas partidas presupuestales, avanzar en el cercamiento perimetral del predio, iniciar la creación y capacitación de un cuerpo de guardaparques, el estudio y consulta para diseñar un esquema de gestión y administración del humedal del Río Santa Lucía, así como definir proyectos específicos de investigación y educación que apunten al propósito de configurar un área natural protegida;
          3o.) que el Grupo de Trabajo formuló un proyecto de protección, manejo y uso de los humedales del Río Santa Lucía que comprenden los siguientes aspectos:
          - descripción de la zona,
          - principales valores ambientales,
          - principales problemas identificados,
          - marco institucional y normativo,
          - objetivo general, y
          - objetivos específicos a corto y largo plazo;
          4o.) que del proyecto antes referido surge una propuesta que visualiza: a) como objetivo general, el establecimiento de un programa de gestión de los humedales del Santa Lucía en el Departamento de Montevideo, que compatibilice la protección de valores naturales con su aprovechamiento, fundamentalmente con fines científicos, educativos y recreativos; b) como objetivos específicos a corto plazo, la toma de posesión y control de los predios de propiedad municipal, el control de situaciones conflictivas con la protección de la zona como área de paisaje natural que incluye los humedales y áreas contiguas, y la sensibilización de la población del Departamento, y especialmente de la zona; y c) como objetivos específicos a largo plazo el desarrollo de un programa de gestión de los humedales de propiedad municipal y privada a escala departamental y articulado a nivel metropolitano con los Departamentos de Canelones y San José, alcanzando así la cuenca del bajo Santa Lucía que incluye a los tres Departamentos;
          5o.) que el Grupo de Trabajo a los efectos antes señalados, y para la ejecución de acciones concretas, propone la creación de una Comisión Administradora municipal que permita recibir recursos de distintos departamentos municipales, así como de instituciones sociales, y manejarlos de forma independiente, sin perjuicio del necesario relacionamiento de la misma con la Comisión Especial Permanente de Montevideo Rural;
          CONSIDERANDO: 1o.) que corresponde aprobar lo actuado hasta el presente por el Grupo de Trabajo de los Humedales del Río Santa Lucía, así como el informe final elaborado por el mismo;
          2o.) que la próxima etapa a encarar supone la adopción de decisiones que exceden el ámbito del referido Grupo de Trabajo;
          3o.) que la propuesta de gestión y administración referida en el Resultando 2o. hace conveniente la creación de una Comisión Administradora que pueda coordinar, administrar y ejecutar recursos municipales y de origen externo, así como también, los recursos humanos, programas científicos, de divulgación, docentes y recreativos, necesarios para el desarrollo de los proyectos de investigación y educación ya aludidos;
          4o.) que se entiende pertinente que la Comisión Administradora de referencia se integre con los miembros del Grupo de Trabajo de los Humedales del Río Santa Lucía, sin perjuicio, de la oportuna incorporación de oportunos miembros permanentes, de la participación en casos concretos de personas invitadas para el tratamiento de temas especiales, y de la consulta con la Comisión Especial Permanente de Montevideo Rural, en función de su representatividad de carácter social, político, científico y docente;
          5o.) que el Grupo de Trabajo, previamente a la elaboración de su informe final efectuó las consultas del caso con responsables y representantes del Departamento de Cultura, la División Turismo y Recreación, la Unidad Central de Planificación Municipal, el Departamento de Desarrollo Ambiental, el Departamento de Acondicionamiento Urbano, la Secretaría General, el Servicio de Cooperación y Relaciones Internacionales y las Juntas Locales de las Zonas Nos. 12 y 18, y de la Comisión Especial Permanente de Montevideo Rural, así como de la Comisión de Area Metropolitana de la Junta Departamental de Montevideo, del Plenario Extraordinario interjuntas de las Comisiones de Ediles del Area Metropolitana, del Departamento de Geografía de la Universidad de Sevilla (España), del Centro Latinoamericano de Ecología Social, de la Confederación Uruguaya de Cooperativas (CUDECOOP), de la Federación Uruguaya de Remo, y de las empresas proyectista y concesionaria del gasoducto Buenos Aires-Montevideo;
          6o.) lo establecido en el artículo 278 de la Constitución de la República, y en el artículo 29, literal b) del T.O.C.A.F.;
          EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1. Aprobar lo actuado por el Grupo de Trabajo de los Humedales del Río Santa Lucía, así como el informe final elaborado por el mismo.-
          2. Crear una Comisión Administradora de los Humedales del Río Santa Lucía, con los cometidos y potestades que se establecen en la presente resolución.-
          3. La Comisión Administradora de los Humedales del Río Santa Lucía tendrá los siguientes cometidos:
          Proyectar y desarrollar programas de acción en las áreas bajo su administración y gestión, dirigidos a la preservación de las mismas en atención a su valor natural y ecológico; coordinar, y en su caso, administrar y ejecutar, los recursos financieros presupuestales y extrapresupuestales, y la asignación de personal, necesarios para llevar adelante todas las acciones tendientes al manejo y protección de los mencionados Humedales, y para el desarrollo de los programas científicos, de divulgación, docentes y recreativos correspondientes.-
          4. La Comisión Administradora de los Humedales del Río Santa Lucía tendrá la calidad de ordenador secundario de gastos hasta el límite máximo del doble de las licitaciones abreviadas, para la aplicación al cumplimiento de sus cometidos de los recursos extrapresupuestales de que legalmente pudiera disponer, así como de los presupuestales que en el futuro pudieran asignársele.-
          5. La Comisión Administradora de los Humedales del Río Santa Lucía estará integrada por las siguientes personas:
          DEPARTAMENTO DE CULTURA
          Prof. Julio E. Muñoz e Ing. Agr. Gonzalo Picasso, (Unidad Parques Municipales Protegidos),
          UNIDAD CENTRAL DE PLANIFICACION MUNICIPAL
          Ing. Agr. Guillermo Scarlato e Ing. Agr. Eduardo Straconi (Unidad Montevideo Rural),
          DEPARTAMENTO DE DESARROLLO AMBIENTAL
          Sr. Leonardo Herou,
          DEPARTAMENTO DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
          Arq. Carlos Vega Pombo, y
          SECRETARIA GENERAL
          Ing. Agr. Carlos Pérez Arrarte.-
          6. Una vez instalada la Comisión Administradora de los Humedales del Río Santa Lucía el Intendente Municipal designará a propuesta de la Comisión, un Presidente y un Secretario Ejecutivo.-
          7. La Comisión Administradora podrá proponer su integración con nuevos miembros, que serán designados por el Intendente Municipal.
          8. Comuníquese a la Junta Departamental de Montevideo, a los Departamentos de Cultura, de Acondicionamiento Urbano, de Desarrollo Ambiental, de Recursos Financieros, a los Servicios de Administración de Recursos Humanos y de Contabilidad General y pase por su orden, al Servicio Central de Inspección General -para notificar a las personas designadas- y a la Unidad Central de Planificación Municipal a sus efectos.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-