Resolución N° 518/06/4000
Nro de Expediente:
4102-004428-02
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
14/6/2006


Tema:
RATIFICACIONES

Resumen:
Ratificar Decreto Junta Dptal. Mdeo. Nº 31.703 del 18/V/06, enajenar Cooperativa COVIMP II.-

Montevideo, 14 de Junio de 2006.-
 
        VISTO: la facultad otorgada a esta Intendencia Municipal por Decreto de la Junta Departamental de Montevideo Nº 31.703 del 18/V/06, promulgado por Resolución Nº 1842/06 del 5/VI/06;
        RESULTANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que los motivos que originaron la Resolución Nº 945/06 del 13/III/2006, mantienen su vigencia y oportunidad;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.218/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad de dictar resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo, mediante decretos que oportunamente se hubiesen promulgado por este Ejecutivo;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Enajenar a la Cooperativa COVIMP II EL LOTE Nº 1 del predio empadronado con el Nº 65.236, conforme al Plano de Mensura, Proyecto de Fraccionamiento del Ing. Agrim. Enrique Arzuaga, que luce a fs. 12 del expediente Nº 4102-004428-02 iniciado en la División Espacios Públicos y Edificaciones.-
        2º.- Establécese como precio de enajenación la suma de 2.330 U.R. (dos mil trescientas treinta unidades reajustables) incluido el subsidio del 60% (sesenta por ciento), siendo la forma de pago las condiciones previstas por la Reglamentación aprobada por Resolución de la Intendencia Municipal Nº 2.791/94 del 19/VIII/94.-
        3º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización y pase al Servicio de Tierras y Viviendas.-

SR. DANIEL ESPOSITO, Director General (I).-