Resolución N° 24/16/1200
Nro de Expediente:
2016-1001-98-000134
 
PROSECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
8/7/2016


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 15 a Poggio & Asoc. Propiedades, por carecer del permiso de arrendamiento para el inmueble sito en Arenal Grande 1435, Apto. 1101.-

Montevideo, 8 de Julio de 2016.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con la finca ubicada en Arenal Grande 1435, unidad 1101, padrón No. 14845/1101;
        RESULTANDO: 1o.) que los Sres. Joselín Dominguez, CI 4.796.729-1 y Aquiles Quintanilla, CI 4.310.984-3 presentan nota ante el Servicio Central de Inspección General, solicitando saber si la finca en cuestión tiene vigente el certificado de habitabilidad;
        2o.) que el mencionado Servicio indica que no se registran datos de la solicitud de permiso para arrendamiento del referido inmueble;
        3o.) que el 23 de mayo de 2016, el Servicio Central de Inspección General, habiéndose cumplido el plazo de vista otorgado de 10 días con fecha 22/4/16 para presentar descargos ante la falta de habilitación para arrendar, sugiere aplicar una multa de UR 15 a Poggio & Asoc. Propiedades, RUT 21 5936890011, por infringir el Art. 1o. del Decreto No. 21.182 y la Resolución No. 192.318, de 31/10/1983, en su Art. 10, que establece que los apartamentos o fincas arrendadas deben contar con la habilitación de la Intendencia de Montevideo o serán sancionados con el equivalente en Unidades Reajustables a un mes de alquiler, de acuerdo al Decreto No. 21.626;
        4o.) que el 14 y 20 de junio de 2016, la Dirección (I) del referido Servicio y la Prosecretaría General elevan las actuaciones solicitando el dictado de la resolución correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) que por Resolución N° 1937/16 de 9/5/16, se delegó en el Prosecretario General la facultad de aplicar multas de hasta un monto de UR 20;
        EL PROSECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 15 (Unidades Reajustables quince) a Poggio & Asoc. Propiedades, RUT 21 5936890011, con domicilio en Bartolito Mitre 2603, por infracción al Art. 1o. del Decreto No. 21.182 y Resolución No. 192.318 de 31/10/1983, en su Art. 10, por carecer del permiso de arrendamiento para el inmueble sito en Arenal Grande 1435, Apto. 1101.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese al Municipio B, a los Servicios de Gestión de Contribuyentes, Centro Comunal Zonal No. 2 y pase al Servicio Central de Inspección General para la notificación correspondiente y demás efectos.-

CHRISTIAN DI CANDIA, Prosecretario General.-