VISTO: las presentes actuaciones promovidas por el Servicio de Planeamiento Estratégico y Desarrollo de Personas;
RESULTANDO: 1º.) que solicita convocar a 1 (un/a) ciudadano/a de la lista de prelación aprobada por Resolución Nº 687/20/5000 de fecha 18 de setiembre de 2020, cuya última prórroga fue dispuesta por Resolución Nº 4016/21 de fecha 25 de octubre de 2021, resultante del concurso abierto de oposición y méritos N° 1219-E3/18 dispuesto por Resolución Nº 161/19/5000 de fecha 12 de febrero de 2019 y su modificativa Nº 261/19/5000 de fecha 13 de marzo de 2019, para cubrir cargos de ingreso a la Carrera 3302 - ASISTENTE PROFESIONAL orientación Arquitectura, perteneciente al Escalafón Especialista Profesional, Subescalafón Especialista Profesional Superior, Nivel de Carrera V;
2º.) que la Unidad Selección y Carrera Funcional informa que corresponde contratar a la ciudadana Sra. Agustina Taroco;
3º.) que la División Administración de Personal sugiere hacer lugar a lo solicitado;
CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales estima procedente el dictado de resolución en tal sentido;
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º.- Contratar a la ciudadana Sr. Agustina Taroco, CI Nº 4.473.743, como resultado del concurso abierto de oposición y méritos N° 1219-E3/18 dispuesto por Resolución Nº 161/19/5000 de fecha 12 de febrero de 2019 y su modificativa Nº 261/19/5000 de fecha 13 de marzo de 2019, para cubrir cargos de ingreso a la Carrera 3302 - ASISTENTE PROFESIONAL orientación Arquitectura, perteneciente al Escalafón Especialista Profesional, Subescalafón Especialista Profesional Superior, Nivel de Carrera V, con destino a la Unidad de Protección Patrimonial, a partir de la notificación de la presente resolución y por el término de 6 (seis) meses, sujeta a evaluación de desempeño, con posibilidad de recontratación anual, reservándose la Administración la potestad de rescindir el contrato unilateralmente en caso de evaluación no satisfactoria, con una dedicación horaria de 30 (treinta) horas semanales, en régimen de 6 (seis) horas diarias, en horarios que serán determinados por la Administración según los requerimientos de la tarea, que podrá incluir sábados, domingos y feriados (laborables y no laborables) con una remuneración mensual equivalente al Grado SIR 9, más los beneficios sociales y los incrementos salariales que se otorguen al personal.-
2º.- Establecer que se trata de ingreso a cargo de presupuesto amparados en el Art. D.30 del Digesto.-
3º.- Disponer que la ciudadana deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art. D.33 del Vol. III del Digesto y tendrá un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles a partir de la fecha de notificación de la presente resolución para presentarse en el Servicio de Administración de Gestión Humana y manifestar su voluntad de aceptar dicho nombramiento (Art. R.160.1.3 Vol. III Digesto).-
4º.- Establecer que la efectividad de la contratación quedará supeditada a la recepción del Certificado de Antecedentes Judiciales y del Certificado de Delitos Sexuales.-
5º.- Disponer que la erogación resultante se atenderá con cargo a los códigos de Liquidación de Haberes correspondientes.-
6°.- Establecer que en caso de que acceda un/a funcionario/a presupuestado/a de esta Intendencia, no perderá su condición de presupuestado/a, de acuerdo al Art. D.83.3.1. del Volumen III del Digesto, y en caso de resultar ganador un funcionario/a de la Intendencia de Montevideo cuya función sea de contrato, previo a la toma de posesión, deberá renunciar a dicha función.-
7º.- Comuníquese al Departamento de Planificación, a las Divisiones Administración de Personal y Planificación Territorial, a los Servicios de Liquidación de Haberes y de Planeamiento Estratégico y Desarrollo de Personas, a las Unidades Información de Personal, de Protección Patrimonial y Comunicaciones a Sistemas Informáticos, y previa intervención de Contaduría General pase al Servicio de Administración de Gestión Humana y a la Unidad Selección y Carrera Funcional, para la notificación correspondiente y posterior archivo en la carpeta del concurso.-
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