Resolución N° 4127/99
Nro de Expediente:
3370-001374-99
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
2/11/1999


Tema:
VARIOS

Resumen:
Se dispone revocación Resolución 176.436, de 15/VI/82, referente ocupación sector habitacional Mercado "Aires Puros".-

Montevideo, 2 de Noviembre de 1999.-
 
      VISTO: estas actuaciones relacionadas con la situación del Sector Habitacional del Mercado "Aires Puros", ubicado en la calle Trápani No. 1359;
      RESULTANDO: 1o.) que por Resolución No. 176.436, de 15/VI/82, se autorizó con carácter precario y revocable al Sr. Celmar Sanes a ocupar dicho sector habitacional, bajo determinadas condiciones;
      2o.) que se estableció que solo podría ocupar la vivienda con los miembros de su familia inmediata y que debería entregarse libre de ocupantes o cosas dentro del plazo de diez días calendario a contar del siguiente a la notificación de la resolución pertinente;
      3o.) que a fs. 2 se informa el fallecimiento del permisario, indicándose que su esposa permanece ocupando el bien en cuestión;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la División Jurídica expresa que los términos de la citada resolución son claros en cuanto al carácter precario del comodato concedido y habilita la reclamación de la vivienda en cualquier tiempo;
      2o.) que habiendo fallecido el comodatario, la esposa y demás ocupantes permanecen en la vivienda por mera tenencia del dueño, conforme lo establece el art. 2238 del Código Civil;
      3o.) que en consecuencia se sugiere propiciar el dictado de Resolución dejando sin efecto la Resolución No. 176.436, de 15/VI/82, e iniciar las acciones tendientes al desalojo por ocupante precario, si la ocupante no dejare voluntariamente el bien al vencimiento del plazo previsto para ello;
      EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:
      1.- Dejar sin efecto la Resolución No. 176.436, de 15/VI/82.-
      2.- Establecer que si vencido el plazo de 10 (diez) días calendario, a contar del siguiente a la notificación de la presente a los ocupantes del bien, éstos no dejaren voluntariamente el mismo, estas actuaciones se remitan a la División Jurídica para que proceda al inicio de la acción judicial correspondiente.-
      3.- Comuníquese a las Divisiones Administraciones Locales y Jurídica, al Servicio Central de Inspección General para la notificación correspondiente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal No. 15 a sus efectos.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-