Resolución N° 392/14/8000
Nro de Expediente:
8010-002405-14
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
18/9/2014


Tema:
ESPACIO PUBLICO

Resumen:
Convalidar lo actuado y autorizar a la productora La Jolla Films, el uso del espacio público ubicado en la Explanada del Palacio Legislativo para filmar un comercial para la "Lista 71" del Partido Nacional", realizado el día 29 de agosto de 2014.-

Montevideo, 18 de Setiembre de 2014.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con la solicitud de uso de espacios públicos efectuada por la productora La Jolla Films, para la filmación de un comercial para la "Lista 71" del Partido Nacional;
        RESULTANDO: 1o.) que a fs. 8 la Oficina Locaciones Montevideanas informa la ubicación del espacio a utilizar los posibles espacios a utilizar para la filmación de referencia, a llevarse a cabo el día 29 de agosto de 2014;
        2o.) que la Unidad de Concesiones del Servicio de Planificación, Gestión y Diseño recomienda el cumplimiento de los siguientes aspectos:
        a) En caso de realizar maniobras en la calzada que puedan generar riesgos en el tránsito vehicular, deberá requerir el apoyo y la autorización de la División Tránsito y Transporte;
        b) El espacio público que se encuentre concesionado a un tercero, deberá contar con la anuencia de las autoridades a cargo de dicha concesión;
        c) No afectar pavimentos, elementos vegetales y todo otro equipamiento de la zona;
        d) No se permite en ningún momento acceder con vehículos cualesquiera sea su tipo sobre las aceras;
        e) Deberá preverse la mitigación de cualquier impacto al ambiente generado por la actividad;
        f) Será de responsabilidad exclusiva del solicitante, los daños contra terceros que pueda provocar la actividad que se autoriza, comprendiendo estructuras o todo otro tipo de elementos montado para ese fin. La fijación de las estructuras no podrá en ningún momento realizarse en base a perforación, pegamentos y/o roturas del pavimento;
        g) El incumplimiento del horario autorizado, así como las molestias que puedan provocarse hacia el vecindario y que den lugar a denuncias, motivará la inmediata suspensión de la actividad;
        h) El espacio deberá ser devuelto una vez culminada la actividad en perfecto estado;
        i) Se establece que el otorgamiento de éste permiso, no supone apoyos materiales específicos, ni la exoneración de obligaciones legales y reglamentarias de cualquier naturaleza;
        j) En caso de requerirse consumo eléctrico, este deberá ser gestionado ante la UTAP;
        k) Por tratarse de una actividad dentro del área correspondiente a un Municipio, deberá recabarse la opinión de sus autoridades;
        3o.) que la División Espacios Públicos y Edificaciones del Departamento de Acondicionamiento Urbano, manifestó su conformidad, y condicionó el uso del espacio público solicitado, según detalle adjunto a fs. 7 y 7 vta.;
        CONSIDERANDO: que por Resolución
        Nº 3081/10 del 12 de julio de 2010, la Sra. Intendenta de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Cultura, la facultad de autorizar puntualmente, previa consulta y asesoramiento de la División Espacios Públicos y Edificaciones, de acuerdo a la "locación" requerida, el uso de los espacios o "escenarios naturales" de la ciudad de Montevideo de la órbita municipal, con fines relacionados a la producción cinematográfica y audiovisual;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE CULTURA
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.-Convalidar lo actuado y autorizar a la productora La Jolla Films, el uso del espacio público ubicado en la Explanada del Palacio Legislativo para filmar un comercial para la "Lista 71" del Partido Nacional", realizado el día 29 de agosto de 2014.-
        2o.- Establecer que el otorgamiento de uso, fue condicionado por la División Espacios Públicos y Edificaciones del Departamento de Acondicionamiento Urbano, a que la productora se responsabilizará de:
        a) cumplir con las disposiciones departamentales vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado, tomando todas las medidas necesarias para que no se ponga en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en la actividad y de los allí presentes, siendo los únicos responsables de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar, en las personas o en los elementos materiales que se utilicen en el rodaje, exonerando a la Intendencia y a la citada División, de toda responsabilidad al respecto.
        b) todo deterioro que se produzca en el espacio solicitado, debiendo restituirlos en el mismo estado en que los recibe y en correctas condiciones de higiene, limpieza y mantenimiento, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, estructuras de juego allí instaladas, pavimentos, césped, plantas y demás instalaciones, tanto de superficie, aéreas o subterráneas, no pudiendo hacer uso de árboles, columnas de alumbrado público u ornamentos para la colocación de amplificadores, luminarias o carteles de cualquier tipo, y que los decibeles del equipo de amplificación sonora en caso de utilizarse, deberá ajustarse a la normativa municipal vigente (no superar los 70dB y ser comunicado al SIME);
        c) cumplir con la normativa ambiental vigente, prohibiéndose el tránsito y estacionamiento de vehículos sobre la vereda o en espacios verdes, debiendo tener un plan de gestión de residuos que abarque la actividad a desarrollar;
        d) del cumplimiento de los requerimientos del Servicio de Planificación, Gestión y Diseño, Unidad de Concesiones (fs. 5 y 6).
        El otorgamiento de este permiso por esta División, no supone apoyos materiales específicos, ni la exoneración de obligaciones legales y reglamentarias de cualquier naturaleza.
        3o.- Comuníquese a la Secretaría General; a las Divisiones Tránsito y Transporte y Espacios Públicos y Edificaciones; al Municipio B; a los Servicios Central de Inspección General, Vigilancia y al Centro Comunal Zonal No. 1, 2 y pase a la Oficina de Locaciones Montevideanas para la notificación pertinente.-

SR. HÉCTOR GUIDO, Director General del Departamento de Cultura.-