Resolución N° 1144/99
Nro de Expediente:
4113-013371-98
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
5/4/1999


Tema:
PERMISOS DE CONSTRUCCION

Resumen:
No ha lugar regularización obras Cordobés Nº 331, tolerando mantenimiento condicionado P.C. Nº 4113-013371-98

Montevideo, 5 de Abril de 1999.-
 
        VISTO: que por Permiso de Construcción Nº 4113-013371-98, se solicita regularizar las construcciones existentes en el predio empadronado con el Nº 39.298, sito con frente a la calle Cordobés Nº 331, que no se ajustan a la reglamentación vigente en cuanto invaden zona de retiro frontal;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Estudios y Regulación Territorial informa que: a) rige para el predio un retiro frontal de 7 mts. y el área máxima edificable es del 50%; b) se realizaron obras para un local comercial ocupando hasta los 5 mts. del mencionado retiro; c) se techó con material metálico y se cerró totalmente la zona de retiro frontal con un murete de aproximadamente 0,90 mts. de altura y luego se colocaron rejas y chapa hasta el toldo metálico; d) se observa que en la zona el mencionado retiro generalmente está invadido hasta los 5 mts. y e) las mencionadas obras pueden se mantenidas con carácter precario y revocable, en atención a la fácil desmontabilidad de las construcciones que invaden los 5 mts. primeros del citado retiro;
        2°) que el Servicio de Contralor de Edificaciones expresa que: a) se observan las condiciones de iluminación y ventilación de la cocina y dormitorio, así como la altura del salón, las cuales se pueden aceptar con carácter de tolerancia de acuerdo con el informe de la Sección Inspectiva de fecha 3/VIII/98 y las mejoras propuestas por el técnico actuante y b) con la vigencia del Plan de Ordenamiento Territorial el retiro se redujo a 5 mts. por lo que estaría invadiendo retiro frontal solamente el techado del mismo;
        3º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones comparte lo aconsejado y propicia el mantenimiento de las obras con carácter precario y revocable;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que corresponde proceder de conformidad;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- No hacer lugar a la regularización de las construcciones existentes en el predio empadronado con el Nº 39.298, sito con frente a la calle Cordobés Nº 331, que según gráficos del Permiso de Construcción Nº 4113-013371-98, invaden zona de retiro frontal.-
        2º.- Tolerar su mantenimiento con carácter precario y revocable, condicionado a que no se aumente con construcciones el área afectada por los retiros vigentes.-
        3º.- Disponer que el Servicio de Contralor de Edificaciones deje constancia en forma destacada en los gráficos y junto al sello de aprobación del mencionado Permiso de Construcción de lo resuelto en los numerales 1º y 2º del presente acto administrativo.-
        4º.- Comuníquese a los Departamentos de Descentralización, para conocimiento de la autoridad local competente, de Recursos Financieros y pase al Servicio de Contralor de Edificaciones.-
Arq. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
Dra. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-