Resolución N° 846/00
Nro de Expediente:
3200-001213-98
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
13/3/2000


Tema:
PRORROGA DE CONVENIO

Resumen:
Se dispone prorrogar por el término de un año en convenio suscrito con la Comisión Vecinal del Barrio la Comercial, cuyo texto fuera aprobado por Resolución No. 239/99, de 22/01/99.-

Montevideo, 13 de Marzo de 2000.-
 
      VISTO: estas actuaciones tendientes a prorrogar el convenio suscrito con la Comisión Vecinal del Barrio La Comercial, cuyo texto fuera aprobado por Resolución No. 239/99, de 22/I/99;
      RESULTANDO: 1o.) que a través de dicho instrumento se dispuso la colaboración económica de esta Comuna para la ejecución de las actividades programadas en materia deportiva a cargo de la Comisión, en el marco de la cogestión del Complejo Social, Cultural y Deportivo, sito en la calle Miguelete Nos. 2332/46;
      2o.) que la asistencia otorgada se encuentra prevista en la cláusula novena del convenio oportunamente suscrito con la referida Comisión, cuyo texto fuera autorizado por Resolución No. 230/98, de 20/I/98;
      3o.) que se efectuó la solicitud SEFI No. 35279;
      CONSIDERANDO: 1o.) que se estima conveniente prorrogar el convenio de asistencia económica oportunamente suscrito entre las partes, en apoyo a la singular experiencia de cogestión existente sobre un bien de propiedad municipal;
      2o.) que corresponde delegar en la Dirección General del Departamento de Descentralización la facultad de firmar la prórroga que por el presente acto administrativo se aprueba;
      EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:
      1.- Prorrogar, por el término de un año a partir del mes de diciembre de 1999 el convenio de asistencia económica suscrito con la Comisión Vecinal del Barrio La Comercial, cuyo texto fuera aprobado por Resolución No. 239/99, de 22/I/99, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
      2.- Delegar en la Directora General del Departamento de Descentralización la facultad de firmar el convenio que por el numeral anterior se aprueba.-
      3.- La erogación de $ 33.000 (pesos uruguayos treinta y tres mil) se atenderá con cargo a la solicitud SEFI No. 35279.-
      4.- Comuníquese a la División Administraciones Locales, a los Servicios de Relaciones Públicas y Comunicaciones, de Escribanía y Centro Comunal Zonal No. 2, a la Unidad de Apoyo y Asesoramiento del Departamento de Descentralización y pase al Servicio de Contabilidad General a sus efectos.-
ALBERTO ROSSELLI, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-