Resolución N° 1371/12/5000
Nro de Expediente:
5130-003133-12
 
GESTION HUMANA Y RECURSOS MATERIALES
Fecha de Aprobación:
9/11/2012


Tema:
BAJAS POR INCAPACIDAD LABORAL

Resumen:
Se encomienda a la Unidad Cuentas Personales la tramitación de la jubilación por incapacidad laboral, del funcionario Sr. Carmelo López.

Montevideo, 9 de Noviembre de 2012.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones, relacionadas con el estado de salud del funcionario Sr. Carmelo López, quien se desempeña en la Unidad Centros Públicos de Empleo;
        RESULTANDO: 1º.) que con fecha 4 de setiembre de 2012, se le realizó un Tribunal Médico, el que dictaminó que corresponde el cese de la relación laboral, a partir del 31 de agosto de 2012, ya que no está apto para el normal y continuo desempeño de las tareas de su cargo presupuestal y de todo otro tipo de tareas, siendo su incapacidad laboral evaluada en un 90 % (noventa por ciento);
        2º.) que correspondería efectuar su inclusión en el régimen de los Arts. D.128 y D.129, Vol. III del Digesto;
        3º.) que la Unidad Cuentas Personales informa que el funcionario no cuenta con causal jubilatoria;
        CONSIDERANDO: 1º.) que se estima procedente el dictado de resolución, disponiendo que la Unidad Cuentas Personales tramite la jubilación por incapacidad laboral del titular ante el Área de la Salud del B.P.S, otorgándole a tales efectos licencia con goce de sueldo, a partir del 31 de agosto de 2012 y por el término de 6 (seis) meses;
        2º.) las facultades oportunamente delegadas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE GESTION HUMANA Y RECURSOS MATERIALES
        RESUELVE:
        1º.-La Unidad Cuentas Personales tramitará la jubilación por incapacidad laboral, del funcionario Sr. Carmelo López, C.I. N° 1.525.015.-
        2º.-Otorgar al citado funcionario, licencia con goce de sueldo, mientras se tramita la jubilación por incapacidad laboral, por el término de 6 (seis) meses, a partir del 31 de agosto de 2012.-
        3º.-En caso necesario, la citada Unidad aplicará las medidas previstas en el inciso final del Art. D.129, Vol. III del Digesto, comunicando en forma simultánea, por escrito, dicha situación a la Unidad Sueldos y Jornales del Servicio de Liquidación de Haberes, a la Unidad Información de Personal del Servicio de Administración de Gestión Humana y a la dependencia en la que revista el titular.-
        4º.-Comuníquese al Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional; a los Servicios de Liquidación de Haberes y de Planeamiento y Desarrollo de Gestión Humana; a las Unidades Información de Personal, Cuentas Personales, Certificaciones Médicas y Centros Públicos de Empleo; y pase, por su orden, al Sector Despacho del Departamento, para la notificación correspondiente, y al Servicio de Administración de Gestión Humana, a sus efectos.-

Dr. Jorge BASSO, Director General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales.-.-