Resolución N° 1683/00/4000
Nro de Expediente:
4102-007459-00
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
15/12/2000


Tema:
SOLICITUD DE ESPACIO PUBLICO

Resumen:
Grupo Taller "Cerámica del Carrito" el uso del espacio intersección de la Rambla República del Perú y la calle Manuel Pagola, los 16 y 17/XII/00

Montevideo, 15 de Diciembre de 2000.-
 
        VISTO: la solicitud del grupo taller "Cerámica del Carrito" para que se le conceda el uso del espacio público entre la Rambla República del Perú y la calle Manuel Pagola para llevar a cabo una actividad cultural los días 16 y 17 de diciembre del 2000;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio Gestión de los Espacios Públicos no tiene objeciones que oponer a la solicitud planteada, prohibiéndose terminantemente hacer uso de árboles para la colocación de amplificadores, luminarias o carteles, responsabilizándose a la solicitante de todo deterioro que se produzca en dicho espacio como consecuencia de la actividad programada;
        2º) que la Unidad Gestión Comercial de la División Promoción Económica, atento a que esta previsto la venta de artículos, entiende que corresponde cobrar la suma de $ 100,oo por día por el usufructo del espacio público;
        3º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones comparte lo aconsejado, debiéndose abonar la tasa propuesta con anterioridad a la actividad programada;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 2.465/00 del 17/VII/00, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de autorizar la realización de actos públicos en parques y plazas;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar el uso del espacio público entre la Rambla República del Perú y la calle Manuel Pagola al grupo-taller "Cerámica del Carrito", para llevar a cabo una actividad cultural los días 16 y 17 de diciembre del 2000, prohibiéndose terminantemente hacer uso de árboles para la colocación de amplificadores, luminarias o carteles, responsabilizándose a la solicitante de todo deterioro que se produzca en dicho predio como consecuencia de la actividad programada.-
        2º.- Establecer que con anterioridad al evento, se deberá abonar la suma de $ 100,oo (cien pesos) por día por concepto de uso de espacio público.-
        3º.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Departamento de Descentralización para conocimiento de la autoridad local competente, al División Promoción Económica y al Servicio Central de Inspección General y pase a la División Espacios Públicos y Edificaciones.-

ARQ. ROBERTO VILLARMARZO, Director General .-