Resolución N° 707/21/1000
Nro de Expediente:
2021-5229-98-000865
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
29/9/2021


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 30 a la firma Intraser SA, por falta de 15 mts lineales de barrera o pasaje peatonal en la obra proyectada en la intersección de las calles Cuareim y Valparaíso.-

Montevideo, 29 de Setiembre de 2021.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la obra proyectada en la intersección de las calles Cuareim y Valparaíso, responsabilidad de la firma Intraser SA;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Convivencia Departamental informa que personal inspectivo constató la falta de 15 mts lineales de barrera o pasaje peatonal en la obra de referencia, labrándose Acta de Constatación de Infracción N° 44754 de 9/3/21;
        2o.) que se procedió a otorgar vista de acuerdo a lo dispuesto por el Art. R.69 del Vol. II del Digesto Departamental a efectos de la formulación de descargos, sin que estos se hayan presentado;
        3o.) que en tal sentido, el mencionado Servicio sugiere aplicar una multa de UR 30 (2 UR por metro lineal, constatándose la ocupación de 15 metros) de acuerdo a lo dispuesto por el Art. D.3215 del Volumen XV del Digesto Departamental (“Planeamiento de la Edificación”) y el Art. 3, Num. 3, Lit. A, del Decreto N° 21.626;
        4o.) que la Prosecretaría de conformidad eleva las actuaciones para el dictado de la correspondiente resolución sancionatoria;
        5o.) que el estudio de las actuaciones insumió un tiempo prolongado debido a las circunstancias del caso;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto No. 34.134, de 12/4/12 y la Resolución No. 2287/13, de 3/6/13;
        2o.) que por Resolución No. 4242/20 de 01/12/2020 se delegó en la Secretaria General la
        facultad de aplicar multas de hasta un monto de UR 55;
        LA SECRETARIA GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 30 (unidades reajustables treinta) a la firma Intraser SA, RUT 210807500011, con domicilio en la calle Av. 18 de Julio N° 2163 y domicilio fiscal en la calle Colonia N° 2176, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el servicio de Convivencia Departamental comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese al Muncipio B a los Servicios Gestión de Contribuyentes, Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 y pase al Servicio de Convivencia Departamental para la notificación correspondiente y demás efectos.-

ING. AGR. OLGA OTEGUI, Secretaria General.-