Resolución N° 3769/19
Nro de Expediente:
2017-1009-98-000142
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
5/8/2019


Tema:
CONVENIO

Resumen:
Se modifica el texto del convenio a suscribir entre esta Intendencia y el Instituto Nacional de Rehabilitación (INR), que fuera aprobado por Resolución No. 3176/17 de 21/7/17 y modificado por Resolución No. 5783/17 de 20/12/17.-

Montevideo, 5 de Agosto de 2019.-
 
        VISTO: la solicitud de la modificación del texto del convenio suscrito entre esta Intendencia y el Instituto Nacional de Rehabilitación (INR), aprobado por Resolución No. 3176/17 de 21/7/17 y modificado por la No. 5783/17 de 20/12/17;
        RESULTANDO: 1o.) que el 31/5/19 la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación señala que, entre esta Intendencia y el Instituto Nacional de Rehabilitación (INR) acordaron modificar el texto del convenio suscrito oportunamente, con el propósito de sumar el trabajo de las mujeres privadas de libertad de la Unidad Nº 5;
        2o.) que el 2 de julio de 2019 el Equipo Técnico Contralor de Contratos de la Unidad Asesoría efectuó el contralor jurídico - formal que a esa Asesoría compete y realizó algunas puntualizaciones que son recogidas en el texto a aprobar;
        3o.) que el 23/7/19 se generó la Solicitud SEFI Nº 221402 por la suma de $ 500.000,oo;
        CONSIDERANDO: 1o.) que procede proveer de conformidad;
        2o.) que a los efectos de la firma del convenio se entiende conveniente hacer uso del mecanismo
        previsto en el Art. 280 de la Constitución de la República;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1. Modificar el texto del Convenio a suscribir entre esta Intendencia y el Instituto Nacional de Rehabilitación (INR), que fuera aprobado por Resolución No. 3176/17 de 21/7/17 y modificado por Resolución No. 5783/17 de 20/12/17 en los siguientes términos:
        MODIFICACIÓN DE CONVENIO: En la ciudad de Montevideo, a los………… días del mes de ……del año 2019, comparecen: POR UNA PARTE: la Intendencia de Montevideo, en adelante la IdeM, representada por....., en calidad de ....., con domicilio en Avda 18 de Julio Nº 1360 de esta ciudad, inscripta en el RUT con el Nº 21 1763350018 y POR OTRA PARTE: El Instituto Nacional de Rehabilitación, representado por ......... , en su calidad de .............. (en adelante “INR”), RUT 21 4988690015 con domicilio en la calle Cerrito 419 de la ciudad de Montevideo, quienes acuerdan lo siguiente: I) modificar las siguientes cláusulas del convenio suscrito entre las partes que fuera aprobado por la Resolución 3176/17 modificada por la Resolución 5783/17: a) la cláusula primera de antecedentes, b) la cláusula segunda y la cláusula cuarta literal A numerales 5 y 6 y literal B numerales 2, 3 y 4, las que quedarán redactadas de la siguiente manera: " I) La IdeM y el Ministerio del Interior suscribieron un Convenio Marco de Cooperación el día 22 de diciembre de 2016, -aprobado por Resolución del Intendente No 5932/16-, con el objeto de determinar las condiciones y los procedimientos mediante los cuales el INR, tanto a través de sus Subdirecciones Nacionales así como de la OSALA y la DINALI, coordinarán diferentes proyectos, en conjunto con la IdeM y sus respectivas Divisiones, Departamentos y Áreas, disponiendo que personas a las cuales se les ha penado y procesado con tarea o trabajo comunitario, o personas privadas de libertad debidamente autorizadas, se integrarán a cada proyecto específico. II) En ese sentido, por Resolución Nº 3176/17 de fecha 21 de julio de 2017, se aprobaron las cláusulas del convenio por el cual se acordó coordinar acciones para apoyar el Programa que lleva a cabo el INR, referente a la generación de empleos para las personas privadas de libertad, en el marco del POLO Industrial del INR, a efectos de que las personas seleccionadas realicen tareas de mantenimiento y reposición de los equipos comunitarios saludables. III) En concordancia con lo precedentemente expuesto, la División de Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, en adelante la División, presentó una nueva propuesta al INR para la generación de empleos a las mujeres privadas de libertad de la Unidad Nº 5, en adelante Unidad Nº 5, a efectos de que realicen el mantenimiento de los equipos comunitarios saludables. CLAUSULA SEGUNDA. Objeto: El presente convenio tiene por objeto coordinar acciones entre las partes para apoyar el Programa que lleva a cabo el INR, de generación de empleos para las personas privadas de libertad , tanto en el marco del Polo Industrial del INR como de la Unidad Nº 5 de Mujeres Privadas de Libertad . En tal sentido, mediante el compromiso asumido por la IdeM, es que esta a través de la División de Desarrollo Municipal y Participación, transferirá al INR la suma total de $ 2.000.000 (dos millones de pesos uruguayos), a efectos de que las personas seleccionadas realicen tareas de mantenimiento y reposición de los equipos comunitarios saludables. Dicha suma será abonada de la siguiente manera: I) Una partida inicial de $ 500.000 (pesos uruguayos quinientos mil), que se hará efectiva a la fecha de la suscripción del presente contrato. II) Tres cuotas de $ 500.000 (pesos uruguayos quinientos mil) cada una de ellas, que serán depositadas en los meses de marzo, junio y setiembre del 2018 respectivamente, previa rendición de cuentas efectuada por el INR en la forma establecida en la cláusula CUARTA numeral 7. Sin perjuicio, la rendición de la ultima partida recibida- setiembre 2018- será realizada por el INR, al finalizar el plazo del año de vigencia. III) Las sumas de dinero serán depositadas en la cuenta corriente del BROU Nº 17916608, perteneciente al INR en las fechas señaladas. CLAUSULA CUARTA: Obligaciones de las partes: A) Obligaciones del INR: 1) Seleccionar a las personas que eventualmente cumplirán actividades en el marco del Convenio. 2) Realizar en forma permanente su seguimiento. 3) Efectuar el pago de un Peculio mientras las personas seleccionadas realicen las tareas de reposición y de mantenimiento de los juegos saludables. 4) Realizar la compra de materiales y herramientas, la contratación de servicios de traslado, como cualquier otro gasto que sea necesario y guarde estricta relación con el objeto de este convenio. 5) Realizar los traslados de las personas privadas de libertad desde las distintas Unidades hacia el lugar de trabajo y de retorno, así como los acompañamientos que correspondieren en el caso de salidas transitorias de acuerdo al artículo 120 de la Ley 19.149. 6) Retiro y traslado de los juegos comunitarios que requieren reparación en los talleres del Polo Industrial, como tareas de mantenimiento en los talleres de la Unidad Nº 5. 7) Realizar la rendición de cuentas documentada a la IdeM de la ejecución de los fondos transferidos con una periodicidad no mayor a tres meses y dentro de los 10 días siguientes a la finalización de cada trimestre. Dicha rendición deberá efectuarse de conformidad con los modelos de “Informe de Revisión Limitada” y “Declaración Jurada de los Representantes Legales de las Organizaciones” que fueran aprobados por Resolución 4401/13 de fecha 30 de setiembre de 2013, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución Nº 2554/14 de fecha 23 de junio de 2014, que establece la obligatoriedad del Pronunciamiento Nº 20 del Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay, para todas las rendiciones de cuentas que se presenten ante esta Intendencia por las organizaciones que vayan a realizar convenios o a recibir donaciones modales. B) Obligaciones de la IdeM: 1) Transferir al INR los montos mencionados en la cláusula segunda de la presente modificación. 2) Mantener un stock completo de equipos comunitarios saludables en los depósitos del POLO Industrial del INR , para su reposición en los espacios públicos que lo ameriten, así como de proveer los insumos necesarios a la Unidad Nº 5 para las tareas que correspondan. 3) Relevar en los diferentes espacios que haya juegos saludables, los juegos que requieran mantenimiento, asi como el tipo de mantenimiento, para trasladar dicha información al POLO Industrial del INR como insumo, estableciendo en dicho relevamiento los espacios como los juegos que ameriten una rápida intervención . 4) Auditar en forma aleatoria la calidad de los servicios de mantenimiento o reparación de los juegos saludables realizados por el POLO Industrial del INR y por la Unidad Nº 5 de Mujeres Privadas de Libertad. II) En todo lo demás regirán las disposiciones del Convenio aprobado por Resolución Nº 3176/17 de fecha 21 de julio de 2017. Y en prueba de conformidad, se firman cuatro ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
        2. Establecer que la erogación de $ 500.000,oo (pesos uruguayos quinientos mil) será atendida con cargo a la Solicitud SEFI Nº 221402 de 23/7/19.-
        3. Delegar en la Dirección General del Departamento de Secretaría General la suscripción del convenio que se aprueba por el numeral que antecede.-
        4. Comuníquese al Instituto Nacional de Rehabilitación, al Departamento de Recursos Financieros, a la División Asesoría Jurídica y pase por su orden a la Contaduría General para el contralor e intervención del gasto y a los Servicios de Escribanía y de Relaciones Públicas para coordinar la formalización del presente Convenio.-
CHRISTIAN DI CANDIA, Intendente de Montevideo.-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-