Resolución N° 1306/13
Nro de Expediente:
3180-003152-11
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
1/4/2013


Tema:
DONACIÓN MODAL

Resumen:
Se renueva donación modal a favor de la Asociación Civil La Bonne Garde, tendiente a la continuación del Programa Barrido Otoñal.-

Montevideo, 1 de Abril de 2013.-
 
        VISTO: que la Secretaría de la Mujer inicia estas actuaciones tendientes a lograr un acuerdo promoviendo la renovación de una donación modal a favor de la Asociación Civil La Bonne Garde, por la suma de $ 4:511.769,oo;
        RESULTANDO: 1o.) que a través de dicho instrumento se persigue la continuación del Programa "Barrido Otoñal" que se lleva adelante desde el año 2002 y por el cual se brinda una experiencia socio-laboral alternativa, de carácter transitorio, a mujeres jefas de familia en situación de pobreza, que promueva el desarrollo de sus condiciones personales y sociales, la inclusión en el mercado laboral y/o la promoción de emprendimientos para la generación de los ingresos propios;
        2o.) que se efectuó la solicitud SEFI No. 156.516, por la suma de $ 1:871.373,oo;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la referida Asociación fue oportunamente seleccionada por la Comisión Asesora que actuó en el llamado abierto convocado a esos efectos en el mes de noviembre de 2011, habiendo realizado dichas tareas durante el año 2012, de acuerdo con los términos establecidos por Resolución No. 1155/12, de 19/III/12, a entera satisfacción de la Administración;
        2o.) que la División Asesoría Jurídica realizó modificaciones al texto originalmente propuesto y que son recogidas en el presente;
        3o.) que la División Políticas Sociales se expresa de conformidad;
        4o.) que a los efectos de dotar de mayor agilidad al sistema asegurando su ejercicio eficiente se entiende conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el art. 280o. de la Constitución de la República;
        5o.) que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social estima oportuno y conveniente el dictado de Resolución que apruebe el texto del convenio a firmarse con la referida Asociación;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aprobar el texto de un contrato de donación modal a suscribirse con la Asociación Civil La Bonne Garde, que se regirá por los siguientes términos: DONACIÓN MODAL: En la ciudad de Montevideo, el ..................... del año dos mil trece: POR UNA PARTE: La Intendencia de Montevideo, (en adelante, la IdeM), RUT 211763350018, con domicilio en esta ciudad en Avda. 18 de Julio No. 1360, representada en este acto por ........................................ y POR OTRA PARTE: la Asociación Civil La Bonne Garde, (en adelante la Asociación), RUT No. ..................... con domicilio en .......................... representada por .............., quienes acuerdan lo siguiente: PRIMERO: ANTECEDENTES: I.- La presente donación se enmarca en las políticas sociales que la IdeM desarrolla, con el objetivo de colaborar con aquellos sectores que presentan dificultades para su inclusión social e inserción laboral. Dicha política brinda una experiencia socio-laboral alternativa, de carácter transitoria, dirigida a mujeres jefas de familia en condiciones de pobreza. II.- La Asociación es una asociación civil, sin fines de lucro, que trabaja con adolescentes embarazadas, adolescentes madres y madres con sus hijos, niños y núcleos familiares en situación de vulnerabilidad y riesgo social con el objetivo de promover su desarrollo integral en el marco de la Convención Internacional de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, facilitando la construcción de un proyecto de vida autónomo, desde el acompañamiento técnico cotidiano personalizado y comunitario para favorecer la inclusión social del núcleo familiar y sus redes vinculares, mediante la participación ciudadana y el ejercicio pleno de sus derechos sociales, políticos, económicos y culturales. III.- Por el llamado público realizado en noviembre de 2011 por la Secretaría de la Mujer de la División Políticas Sociales a Organizaciones No Gubernamentales interesadas en la suscripción de convenios con la IdeM para realizar tareas de barrido en centros comerciales y principales avenidas de Montevideo, las que consistirán en barrido de cordones, veredas, entorno de árboles y limpieza de papeleras en diferentes zonas de la ciudad, la Asociación resultó seleccionada para la realización de estas tareas en la Zona 5 comprende parte de la zona del Municipio A, con el objetivo primordial de potenciar el crecimiento individual y colectivo de las mujeres jefas de hogar en condiciones de pobreza a través del trabajo realizado por esta modalidad de convenios educativos laborales propendiendo de este modo a promover el desarrollo de las condiciones personales y sociales de la población objetivo, su inclusión en el mercado laboral y/o la promoción de emprendimientos para la generación de ingresos propios. IV) Por resolución No. 1155/12, de 19/III/12, se aprobó el original del convenio por el plazo de un año, el que se fijó desde el 1º de abril de 2012 al 31 de marzo de 2013. Por lo establecido en la cláusula cuarta del mismo, se preveía su renovación por un plazo igual si mediare al efecto de la misma informe favorable del Equipo Técnico de la Secretaría de la Mujer. El mismo luce a fs. 74 del expediente SEM No. 3180-003152-11 y califica como satisfactorio el desempeño de la Asociación respecto del modo, por lo que amerita la suscripción del presente.- SEGUNDO: OBJETO: La IdeM dona a la Asociación, la suma de $ 4:511.769,oo (pesos uruguayos cuatro millones quinientos once mil setecientos sesenta y nueve), que se entregará de la siguiente forma: a) una partida de $ 1:871.373,oo (pesos uruguayos un millón ochocientos setenta y un mil trescientos setenta y tres), la que se hará efectiva a la firma del presente y comprenderá una partida única correspondiente al pago de uniformes y materiales por un monto de $ 551.175.oo (pesos uruguayos quinientos cincuenta y un mil ciento setenta y cinco) y el pago de la primera cuota de $ 1:320.198,oo (pesos uruguayos un millón trescientos veinte mil ciento noventa y ocho) y b) dos partidas iguales de $ 1:320.198,oo (pesos uruguayos un millón trescientos veinte mil ciento noventa y ocho) que se pagará la primera en el mes de agosto y la segunda en el mes de diciembre de 2013.- Las sumas donadas se ajustarán semestralmente por el IPC del período, excepto en lo que corresponda a coordinación y supervisión, que se ajustará por Consejo de Salarios.- TERCERO: MODO: A efectos de dar cumplimiento a los fines perseguidos por la presente donación, detallados en la cláusula PRIMERO, la IdeM impone a la Asociación el cumplimiento del siguiente modo: I) Contratar por diez meses a 25 (veinticinco) mujeres jefas de hogar, desempleadas y en condiciones de pobreza con familiares a su cargo (hijos/as, adultos mayores, discapacitados) para el barrido de cordones, veredas, entorno de los árboles y limpieza de papeleras, así como a 2 (dos) supervisoras y una coordinadora, para el barrido de la Avda. Agraciada desde El Paso Molino hasta la calle San Quintín; la Avda. Dr. Carlos María Ramírez desde la calle Santa Lucía hasta la calle Portugal; la calle Grecia desde Av. Dr. Carlos María Ramírez hasta la calle Suiza y Rambla y Rambla Suiza hasta Río de Janeiro, debiendo la Asociación comunicar a la IdeM el nombre de las personas contratadas para llevar a cabo las tareas mencionadas. II) Asegurar la presencia diaria del total de las mujeres, por el período que va desde el 1o. de mayo de 2013 y hasta el 28 de febrero de 2014 inclusive y expresarlo en los contratos a término pertinentes. III) Hacerse cargo de la gestión de las tareas, incluida la compra de insumos, de las herramientas, de la vestimenta, así como la contratación de los vehículos correspondientes para la carga, tareas y supervisión. IV) Realizar el seguimiento de la totalidad del proceso educacional, según lo expresado en el proyecto de propuesta educativa presentada y en cumplimiento de las pautas señaladas en el pliego de condiciones del presente llamado. V) Promover actividades de recreación y de esparcimiento acompañando en el uso del tiempo libre a mujeres como parte del proceso educativo. VI) Llevar los registros contables y presentar rendición de cuentas ante la IdeM respecto de las partidas vertidas con suficiente antelación a la entrega de cada partida sucesiva; las mismas deberán ser rendidas mediante certificación contable con informe de revisión limitada de los gastos efectuados conforme al texto aprobado por Resolución No. 5.375/08 de la IdeM. Las rendiciones deberán estar provistas de la documentación correspondiente que deje constancia del cumplimiento con los diferentes aportes a los organismos públicos y demás obligaciones legales que correspondan, con detalle de la utilización del dinero donado de acuerdo con los destinos previstos por esta donación, en la forma y condiciones que determine la Unidad Central de Auditoría Interna de la IdeM. La no presentación de la rendición de cuentas correspondiente a la partida anterior habilitará a la IdeM a retener la partida siguiente. VII) Exhibir los siguientes documentos: A) Declaración nominada de historia laboral (artículo 87 de la Ley Nº 16.713 de 3 de setiembre de 1995) y recibo de pago cotizaciones al organismo previsional. La historia laboral se excusará en relación a las mujeres beneficiarias ya que se trata de una primera experiencia laboral formal. B) Certificado que acredite situación regular de pago de las contribuciones a la seguridad social a la entidad previsional que corresponda (artículo 663 de la Ley Nº 16.170 de 28 de setiembre de 1990). C) Constancia del Banco de Seguros del Estado que acredite la existencia del seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. D) Planilla de Control de Trabajo, recibo de haberes salariales y en su caso, convenio colectivo aplicable. E) Datos personales de los participantes comprendidos en la ejecución del modo impuesto por la IdeM. VIII) Presentar informe de evaluación a los dos meses de inicio de las actividades y uno al finalizar las mismas a la Secretaría de la Mujer de la IdeM. IX) Cumplir con la propuesta educativa presentada por la Asociación, así como lo previsto a su respecto en las bases del llamado (que se consideran parte integrante del presente) en el capítulo de información requerida punto 2 "Propuesta Pedagógica" y con la agenda pedagógica ofrecida enviando calendario de la misma. X) Asistir a las reuniones a que es convocada por la Secretaría de la Mujer. CUARTO: ACEPTACIÓN Y PLAZO: La Asociación acepta la donación y se obliga a cumplir puntualmente el modo establecido en la cláusula anterior a partir del 1o. de abril de 2013 y hasta el 31 de marzo de 2014.- QUINTO: CONTRALOR DEL CUMPLIMIENTO DEL MODO: La IdeM controlará: I) el cumplimiento de la ejecución del modo, seguimiento y la evaluación del proceso educativo por parte del Equipo Técnico de la Secretaría de la Mujer, que coordinará instancias conjuntas con la Asociación y realizará informes periódicos. La evaluación de la tarea de barrido la realizará el Centro Comunal Zonal y la División Limpieza, del Departamento de Desarrollo Ambiental de la IdeM, realizará controles periódicos a esos efectos; II) que las rendiciones de cuentas sean presentadas de acuerdo a lo estipulado en el numeral VI de la cláusula tercera; y III) que la Asociación cumpla con toda la legislación nacional vigente en lo que tiene que ver con la relación que ella trabe con los individuos seleccionados para realizar la experiencia de reinserción educativo-laboral, por lo cual la constatación de su incumplimiento en cualquier aspecto habilita a la IdeM a la inmediata rescisión del contrato y IV) que la Asociación exhiba la documentación referida en el Numeral VII de la Cláusula Tercera.- SEXTO: RESPONSABILIDAD DE LA ASOCIACIÓN: La Asociación asume la totalidad de las responsabilidades emergentes de la relación trabada entre ella y las beneficiarias del programa, así como las obligaciones legales y convencionales que por la misma pudieran generarse con otros organismos estatales o terceros, respecto de las cuales la IdeM es por completo ajena. Asimismo la Asociación indemnizará en caso de daños materiales ó personales causados a funcionarios departamentales ó a terceros, cuando se constatare la responsabilidad de las participantes del programa, por acción, omisión ó negligencia en el desempeño de las tareas desarrolladas en cumplimiento del modo.- SÉPTIMO: MORA AUTOMÁTICA: La mora se producirá de pleno derecho, sin necesidad de acto judicial ó extrajudicial alguno, por el solo vencimiento de los términos establecidos, así como por la realización u omisión de cualquier acto ó hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado.- OCTAVO: RESCISIÓN: El incumplimiento de todas o cualquiera de las obligaciones a cargo de la Asociación dará lugar al inicio, previa constatación del mismo, de los trámites tendientes a la rescisión de esta donación por parte de la IdeM, quedando ésta facultada a suspender en forma inmediata el pago de las sumas previstas en la cláusula SEGUNDO del presente contrato. Se considerará que la Asociación ha incurrido en incumplimiento que amerite la rescisión, cuando notificada por escrito de la constatación del mismo, dentro del plazo de 10 diez días siguientes no lo rectificara a satisfacción de la IdeM, salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación. Serán de aplicación las normas que regulan la sustanciación del procedimiento administrativo en la IdeM, que la Asociación declara conocer y aceptar.- NOVENO: INDIVISIBILIDAD: Las partes acuerdan la indivisibilidad del objeto de las obligaciones contraídas en el presente contrato hasta la total extinción de las mismas.- DÉCIMO: DOMICILIOS ESPECIALES: Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos de este contrato, en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia.- DÉCIMO PRIMERO: COMUNICACIONES: Cualquier notificación ó intimación que deban realizarse las partes, se tendrá por válidamente efectuada si es hecha a los domicilios constituidos en este documento, por medio de telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza de su realización.- DÉCIMO SEGUNDO: REPRESENTACIÓN: La Asociación acredita la representación invocada según ................................ expedido por el/la Escribano/a el día .........................- En prueba de conformidad, se firman tres ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
        2.- Delegar en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social la facultad de firmar la donación modal que por el numeral anterior se aprueba.-
        3.- Establecer que la erogación resultante se atienda con cargo a la solicitud SEFI No. 156.516.-
        4.- Comuníquese a los Departamentos de Recursos Financieros y de Gestión Humana y de Recursos Materiales, a las Divisiones Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, Limpieza, Información y Comunicación, Políticas Sociales y Asesoría Jurídica, al Municipio A, a la Unidad Central de

        Auditoría Interna, a la Secretaría de la Mujer, a los Servicios Unidad Central de Presupuesto y de Escribanía y pase a la Contaduría General.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-