Resolución N° 5628/23
Nro de Expediente:
2019-9777-98-000154
 
GESTIÓN HUMANA Y RECURSOS MATERIALES
Fecha de Aprobación:
27/11/2023


Tema:
COMPENSACIONES ADICIONALES

Resumen:
COMPENSACIÓN ADICIONAL - SE PRORROGA EL PAGO DE LA COMPENSACIÓN ESPECIAL MENSUAL (CÓDIGO 182) QUE PERCIBE LA FUNCIONARIA SRA. CLAUDIA RODRÍGUEZ A PARTIR DEL 1º DE ENERO Y HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2024.-

Montevideo, 27 de Noviembre de 2023.-
 

                          VISTO: las presentes actuaciones promovidas por el Departamento de Planificación;

                         RESULTANDO: 1º.) que solicita la prórroga de la compensación especial mensual que percibe la funcionaria Sra. Claudia Rodríguez, cuya última prórroga fue dispuesta por Resolución Nº 4764/22 de fecha 21 de noviembre de 2022, en tanto se mantienen los motivos que dieron lugar a su otorgamiento;

2º.) que el Servicio Gestión de Retribuciones informa en actuación Nº 95 el monto actualizado de la compensación de que se trata;

                         CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales estima procedente el dictado de resolución en tal sentido;


LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1º.- Prorrogar el pago de la compensación especial mensual (código 182) de acuerdo al monto informado en actuación Nº 95, que percibe la funcionaria Sra. Claudia Rodríguez, CI Nº 3.278.776, a partir del 1º de enero y hasta el 31 de diciembre de 2024.-

2º.- Establecer que la erogación resultante será atendida con cargo a los códigos de liquidación de haberes correspondientes.-

3º.- Comuníquese a los Departamentos de Planificación, para la notificación correspondiente y de Recursos Financieros, a los Servicios de Planeamiento Estratégico de Gestión Humana y Administración de Gestión Humana, a la Unidad Información de Personal y previa intervención de Contaduría General, pase al Servicio Gestión de Retribuciones, a sus efectos.-

ANA CAROLINA COSSE GARRIDO, INTENDENTA DE MONTEVIDEO.-

OLGA BEATRIZ OTEGUI PINTOS, SECRETARIA GENERAL.-