Resolución N° 636/99/3000
Nro de Expediente:
3240-000710-98
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
23/4/1999


Tema:
OBRAS SIN PERMISO

Resumen:
Multa 19,7880 U.R. Mary Pilar Martínez, Juan José Quesada No. 3439.-

Montevideo, 23 de Abril de 1999.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la obra realizada sin el correspondiente permiso municipal en la finca sita en la calle Juan José Quesada No. 3439, propiedad de la Sra. Mary Pilar Martínez, C.I. 715.659-7;
        RESULTANDO: que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 3 informa que corresponde aplicar una multa de 19,7880 U.R., según lo que establece el Art. 15o. del Decreto No. 21.626;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 581/95 del 20/II/95 el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de 19,7880 U.R. (diecinueve unidades reajustables con siete mil ochocientas ochenta diezmilésimas) a la Sra. Mary Pilar Martínez, C.I. 715.659-7, propietaria de la finca sita en la calle Juan José Quesada No. 3439, con domicilio en la misma, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Comuníquese a la Sección Multas del Servicio de Ingresos Comerciales y al Servicio Central de Inspección General a los efectos de notificar el acto administrativo al infractor, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma y pase al Departamento de Descentralización.-

Prof. ANA OLIVERA, Directora General (I) del Departamento de Descentralización.-