Resolución N° 483/03/3000
Nro de Expediente:
5220-010325-03
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
28/4/2003


Tema:
RUIDOS MOLESTOS - INSPECCION GENERAL

Resumen:
Aplicar multa al CENTRO ORENZANO, sito en la calle Ana Monterroso de Lavalleja No. 2014 ( ruidos molestos).-

Montevideo, 28 de Abril de 2003.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local, sito en la calle Ana Monterroso de Lavalleja No. 2014, cuyo responsable legal es el Centro Orenzano, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1o) que en inspección realizada con fecha 4/I/03, siendo la hora 04:45 se comprobó, según Acta No. 7158 la presencia de niveles de sonido de 46/50 dB (A), lo que excede lo autorizado por la normativa vigente, transgrediendo lo dispuesto por el Art. D. 2.808 incisos 7a y 7b del Volumen XIII "De los Espectáculos Públicos" del Digesto Municipal;
      2o) que por la infracción comprobada y de acuerdo con el Decreto No. 21.626 del 23/IV/84, corresponde aplicar una multa de U.R. 16,3250, por tratarse de la segunda reincidencia;
      3o) que la División Región Oeste estima pertinente el dictado de resolución en el sentido indicado precedentemente;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) que por Resolución No. 2.478/00 del 17/VII/00 el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de aplicar
      multas hasta U.R. 55;
      LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
      DE DESCENTRALIZACION
      EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
      RESUELVE:
      1. Aplicar una multa de U.R. 16,3250 (Unidades Reajustables dieciséis con tres mil doscientas cincuenta diezmilésimas), al Centro Orenzano, sito en la calle Ana Monterroso de Lavalleja No. 2014, por los motivos mencionados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2. Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General comunicará al Servicio de Tesorería a efectos de descontar el importe del depósito de garantía.-
      3. Establecer que en caso de que el depósito resultare insuficiente, el Servicio Central de Inspección General informará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, a efectos de gestionar el cobro de la diferencia.-
      4. Pase al Servicio Central de Inspección General para la notificación correspondiente y demás efectos.-

PROF. ANA MARIA OLIVERA, Directora General (I) del Departamento de Descentralización .-