Resolución N° 1/23/5500
Nro de Expediente:
2022-9590-98-000092
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
30/12/2022


Tema:
BONIFICACION TASA BROMATOLÓGICA

Resumen:
Aprobar la bonificación con el 100 % del pago de la tasa bromatológica por concepto de habilitación y registro de 3 (tres) productos pertenecientes a la empresa "Chenlo Silva Marcos Leonardo", R.U.T Nº 120.383.600.015, por estar comprendidos en la Resolución Nº 4753/21 y por el Decreto Nº 37.917/21.-

Montevideo, 30 de Diciembre de 2022.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la nota presentada por la empresa "Chenlo Silva Marcos Leonardo", con nombre fantasía Loca Nuez, inscripta en el Registro Único Tributario de la Dirección General Impositiva con el Nº 120.383.600.015;
    RESULTANDO: 1o.) que la citada empresa está ubicada en la calle Larrañaga Nº 1278 de la Ciudad de Paysandú, Departamento de Paysandú, y registrada en dicha Intendencia con el Nro. 0161;
    2o.) que la referida empresa solicita la exoneración del pago de la tasa bromatológica por concepto de habilitación y registro de 3 (tres) productos, según el siguiente detalle:
    Nº Formulario
    Artículo
    Nº de Registro
    000233-22-N
    Mezcla de Frutos Secos, Frutas Deshidratadas y Semillas.
    35211/1
    000235-22-N
    Mezcla de Frutos Secos Tostados.
    35211/3
    000236-22-N
    Mezcla de Frutos Secos con Bayas de Goji y Semillas de Zapallo.
    35211/4
    3o.) que la Sección Registros de Productos del Servicio de Regulación Alimentaria (SRA) expresa que los productos alimentarios mencionados se encuentran amparados por el Decreto Nº 37.917/21 y su reglamentación por Resolución Nº 4753/21 de fecha 6 de diciembre de 2021;
    4o.) que además informa que la empresa está habilitada con el Nº 35.211 en el SRA, y los productos por los cuales se solicita la exoneración están habilitados y fueron registrados con posterioridad al citado Decreto, otorgándosele los números de registro que se citan en el resultando segundo;
    5o.) que la Dirección (I) del Servicio de Regulación Alimentaria solicita se exonere a la citada empresa del pago de la tasa bromatológica creada por el artículo 31 del Decreto Nº 32.265 de fecha 8 de enero del 2008, y sus modificativas, por concepto de habilitación de empresa y de habilitación y registro de alimentos, por ajustarse a lo dispuesto en el Decreto Nº 37.917/21;
    6o.) que la División Salud se manifiesta de conformidad con la petición formulada;
    CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 4753/21 de fecha 6 de diciembre de 2021, la señora Intendenta delegó en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social la facultad de otorgar bonificaciones de hasta un 100% (cien por ciento) del pago de la tasa bromatológica creada por el artículo 31 del Decreto Nº 32.265 del 8 de enero de 2008, y modificativas, por concepto de habilitación de empresa y de habilitación y registro de alimentos, a las empresas que se encuentren en la situación prevista en el Decreto Nro. 37.917;
    LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
    DE DESARROLLO SOCIAL EN EJERCICIO
    DE FACULTADES DELEGADAS
    RESUELVE:
    1.- Aprobar la bonificación del 100% del pago de la tasa bromatológica por concepto de habilitación y registro de productos, según el Decreto Nro. 37.917 y su reglamentación por Resolución Nº 4753/21 de fecha 6 de diciembre de 2021, a la empresa "Chenlo Silva Marcos Leonardo" con nombre fantasía Loca Nuez, inscripta en el Registro Único Tributario de la Dirección General Impositiva con el Nº 120.383.600.015, respecto de los siguientes artículos:
    Nº Formulario
    Artículo
    Nº de Registro
    000233-22-N
    Mezcla de Frutos Secos, Frutas Deshidratadas y Semillas.
    35211/1
    000235-22-N
    Mezcla de Frutos Secos Tostados.
    35211/3
    000236-22-N
    Mezcla de Frutos Secos con Bayas de Goji y Semillas de Zapallo.
    35211/4
    2.- Establecer que dicha empresa está habilitada con el registro Nº 35.211 en el sistema del Servicio de Regulación Alimentaria.-
    3.- Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General y de Recursos Financieros, a la División Salud, a la Unidades Central de Auditoría Interna y Central de Presupuesto, a la Unidad de Gestión Presupuestal, a la Administración de Ingresos Municipales y pase al Servicio de Regulación Alimentaria a fin de notificar a la empresa correspondiente.-

Lic. Mercedes Clara, Directora General del Departamento de Desarrollo Social.-