Resolución N° 4207/13
Nro de Expediente:
4149-001435-12
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
16/9/2013


Tema:
ENAJENACIONES

Resumen:
Proyecto de Decreto a la Junta Departamental para enajenar el predio Padrón Nº 426.699 ubicado con frente a la calle Emilio Raña entre las de Jaime Cibils y Mariano Moreno, a la Cooperativa de Viviendas de Usuarios por Ayuda Mutua "Mi Gente" (COVIGE).-

Montevideo, 16 de Setiembre de 2013.-
 
        VISTO: la solicitud de la Cooperativa de Viviendas de Usuarios por Ayuda Mutua "Mi Gente" (COVIGE) para que se le adjudique el predio propiedad de esta Intendencia empadronado con el Nº 426.699, ubicado con frente a la calle Emilio Raña entre las de Jaime Cibils y Mariano Moreno;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Tierras y Viviendas informa que el referido predio fue ofrecido a FUCVAM en el marco del convenio aprobado por Decreto N° 28.724 del 5/VIII/99, promulgado por Resolución N° 3019/99 del 16/VIII/99;
        2º) que por su parte FUCVAM ha seleccionado a la referida Cooperativa;
        3º) que el mencionado Servicio manifiesta que: a) el referido inmueble, según Plano de Mensura del Ing. Agrim. Pablo Moraes, registrado en la Dirección Nacional de Catastro con el Nº 45.582 resulta de la subidivión del Padrón Nº 162.133 y corresponde al Lote Nº 4; b) según informe del Servicio Evaluación de la Calidad y Control Ambiental el predio señalado es apto para la construcción de viviendas; c) la peticionante acepta abonar el precio de 517.894,82 U.I. resultante del valor fijado por la Dirección Nacional de Catastro ($ 1:300.900,oo); d) COVIGE presentó la documentación que acredita la vigencia de la personería jurídica, así como el padrón socio-económico que la hace beneficiaria de la Cartera de Tierras y e) se plantea la construcción de 16 viviendas de interés social en una superficie de 473 m2 que resulta razonable el aprovechamiento del mismo;
        4º) que la División Tierras y Hábitat presta su conformidad;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica Nº 9.515 de 28/10/35, Art. 37, numeral 2º, entiende que corresponde solicitar anuencia al Deliberativo Departamental;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO
        Artículo 1º.- Facúltase a la Intendencia de Montevideo para enajenar el predio propiedad de esta Intendencia empadronado con el Nº 426.699, ubicado con frente a la calle Emilio Raña entre las de Jaime Cibils y Mariano Moreno, a la Cooperativa de Viviendas de Usuarios por Ayuda Mutua "Mi Gente" (COVIGE).-
        Artículo 2°.- Establécese como precio de enajenación la suma de 517.894,82 U.I. (quinientas diecisiete mil ochocientas noventa y cuatro unidades indexadas con ocho mil doscientas diezmilésimas) siendo su forma de pago al contado al momento de la escrituración del préstamo.-
        Artículo 3º.- Comuníquese.-
        2º.- Pase a la Secretaría General para su remisión sin más trámite a la Junta Departamental de Montevideo.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-