Resolución N° 201/12/5400
Nro de Expediente:
4500-001999-09
 
ASESORIA JURIDICA
Fecha de Aprobación:
13/11/2012


Tema:
ACCIONES JUDICIALES

Resumen:
Se deja sin efecto la Resolución No. 97/11/5400, de 1 de junio de 2011, y se encomienda al Servicio de Actividades Contenciosas a promover las acciones judiciales tendientes a obtener el desalojo del tramo del Camino de los Horneros que corre por todo el frente del padrón No. 421.707, como así también el desalojo del tramo de dicho Camino que corre por todo el frente del padrón No. 421.708 hasta el Arroyo de Las Piedras.-

Montevideo, 13 de Noviembre de 2012.-
 
          VISTO: la Resolución No. 97/11/5400, de 1 de junio de 2011, dictada por la Dirección de la División Asesoría Jurídica, por la cual se dispuso modificar la Resolución No. 33/11/5400, de 2/2/11, estableciendo que donde dice "padrón No. 123.701", debe decir "padrón No. 421.708", con respecto al desalojo de la finca ubicada en Camino de los Horneros 12101 (Melilla);
          RESULTANDO: 1o.) que el 18/10/12, la Unidad Administradora de Bienes Inmuebles remite las actuaciones a la División Asesoría Jurídica a fin de desalojar los tramos del Camino de los Horneros, de dominio público, que corre por todo el frente de los padrones Nos. 421.707 y 421.708;
          2o.) que el Equipo Técnico Contencioso General señala que, en efecto, del informe de mención surge claramente que los padrones a afectarse serían los Nos. 421.707 y 421.708, pero no en cuanto refiere a las fincas en ellos construidas, sino exclusivamente el tramo de Camino de los Horneros (de dominio público) que corre por todo el frente del padrón, e igual solución se propone respecto a la situación del padrón No. 421.708, es decir, se debería desalojar el tramo del camino que corre por todo el frente del padrón;
          3o.) que por lo expuesto, el mencionado Equipo Técnico solicita el dictado de resolución que deje sin efecto las resoluciones anteriores y el dictado de una nueva que cometa las acciones judiciales tendientes al desalojo de referencia;
          CONSIDERANDO: 1o.) que el 30 de octubre de 2012, la Directora (I) del Servicio de Actividades Contenciosas entiende pertinente el dictado de resolución a los fines solicitados;
          2o.) las facultades delegadas por Resoluciones Nos. 1610/11, de 7/4/11 y 157/11/1000, de
          11/4/11;
          EL DIRECTOR DE LA DIVISIÓN ASESORIA JURIDICA
          RESUELVE:
          1. Dejar sin efecto la Resolución No. 97/11/5400, de 1 de junio de 2011.-
          2. Encomendar al Servicio de Actividades Contenciosas a promover las acciones judiciales tendientes a obtener el desalojo del tramo del Camino de los Horneros que corre por todo el frente del padrón No. 421.707, como así también el desalojo del tramo de dicho Camino que corre por todo el frente del padrón No. 421.708 hasta el Arroyo de Las Piedras.-
          2. Comuníquese al Municipio G, al Servicio Centro Comunal Zonal No. 3, a la Unidad Administradora de Bienes Inmuebles y pase al Servicio de Actividades Contenciosas, a sus efectos.-

DR. ESC. ERNESTO BELTRAME, Director de la División Asesoría Jurídica.-