Resolución N° 1755/99/3000
Nro de Expediente:
3200-o11707-99
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
15/11/1999


Tema:
MULTAS - INSPECCION GENERAL

Resumen:
Aplicar multa al establecimiento destinado a pensión, sito en la calle Piedras No. 196, propiedad de la Sra. Nélida Medrano.-

Montevideo, 15 de Noviembre de 1999.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a pensión, sito en la calle Piedras No. 196, propiedad de la Sra. Nélida Medrano, C.I. 2.783.536-5, con domicilio a los efectos legales en el mismo;
        RESULTANDO: 1o) que con fecha 13/X/99 , mediante Acta A 09813, se intimó la presentación de la documentación que habilite el funcionamiento del establecimiento de referencia ( Dirección Nacional de Bomberos);
        2o) que comprobándose el incumplimiento de lo intimado dentro de los plazos establecidos, el Servicio Central de Inspección General sugiere la aplicación de una multa de U.R. 14,8410, a la titular de obrados por infracción al Decreto No. 22.010 y de acuerdo con el Decreto No. 21.626 del 23/IV/84 ( 1ra. reincidencia);
        3o) que la División Administraciones Locales se muestra de conformidad;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se apliquen por transgredir las ordenanzas departamentales, hasta el máximo legal vigente;
        2o) que por Resolución No. 581/95 del 20/II/95 el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de aplicar multas


        hasta un monto de 55 U.R.;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 14,8410 (Unidades Reajustables catorce con ocho mil cuatrocientas diez diezmilésimas) a la Sra. Nélida Medrano, C.I. 2.783.536-5, con domicilio a los efectos legales en la calle Piedras No. 196, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General informará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Cobro de Morosos a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Pase al Servicio Central de Inspección General para su notificación y demás efectos.-

SR. ALBERTO ROSSELLI , Director General del Departamento de Descentralización.-