Resolución N° 878/14
Nro de Expediente:
6370-002854-13
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
10/3/2014


Tema:
SANEAMIENTO

Resumen:
Se rechazan las dos ofertas, en forma íntegra, presentadas al llamado para la “Adquisición de Equipamiento Informático.

Montevideo, 10 de Marzo de 2014.-
 
        VISTO: estas actuaciones promovidas por la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento, dependiente del Departamento de Desarrollo Ambiental, relacionadas con el Plan de Saneamiento Urbano de Montevideo – Etapa IV;
        RESULTANDO: 1o.) que la República Oriental del Uruguay ha recibido préstamos del Banco Interamericano de Desarrollo (Contratos Nos. 1819/OC-UR y 2605/OC-UR) para financiar parcialmente la ejecución del Plan de Saneamiento Urbano de Montevideo – Etapa IV, habiéndose designado a la Intendencia de Montevideo como Organismo Ejecutor del Programa;
        2o.) que por los mencionados textos contractuales la Intendencia de Montevideo se obliga a adquirir, con fondos de los citados préstamos, determinados bienes necesarios, no sólo para la correcta ejecución del Plan, sino también para verificar periódicamente el buen funcionamiento del sistema, a través de equipamiento informático, lo cual fue aprobado por el Banco Interamericano de Desarrollo, según surge de la Nota que luce agregada a fs. 82 de estas actuaciones;
        3o.) que luego de los estudios pertinentes, se realizó el llamado para la “Adquisición de Equipamiento Informático consistente en: Estación de Trabajo Tipo I, Estación de Trabajo Tipo II, Estación de Trabajo Tipo III, Monitor Tipo I, Monitor Tipo II, Software Ofimática Tipo I, Software Ofimática Tipo II, Software CAD, Proyector Multimedia y Sismógrafo”, recepcionándose las ofertas el día 11 de octubre de 2013, tal como consta en el Acta de fs. 95;
        CONSIDERANDO: 1o.) que a fs. 107 la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento Urbano de Montevideo informa que las dos propuestas presentadas al llamado deben ser rechazadas ya que en algunos casos no se cotizaron determinados rubros y en otros se incumple con lo solicitado;
        2o.) que de acuerdo a lo establecido por el art. 67 del TOCAF se puso el expediente de manifiesto y se confirió vista de lo actuado a las empresas participantes las que no formularon consideraciones;
        3o.) que el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental es de opinión favorable en que se rechacen las ofertas presentadas al llamado;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.-Rechazar en forma íntegra las dos ofertas, presentadas por las empresas Byte S.R.L. y Nisul S.A. al llamado para la "Adquisición de Equipamiento Informático", por los fundamentos reseñados en el Considerando 1o.) de esta Resolución.
        2o.-Notificar la presente Resolución a las empresas participantes de la licitación.
        3o.-Comuníquese a la Secretaría General para comunicar al Banco Interamericano de Desarrollo, al Departamento de Recursos Financieros, a la División Saneamiento y pase a la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento para el cumplimiento de lo dispuesto.
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-