Resolución N° 564/24/1000
Nro de Expediente:
2024-1238-98-000004
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
9/5/2024


Tema:
CLAUSURAS

Resumen:
Se clausura el establecimiento destinado a almacén ubicado en la calle Enrique Arrascaeta No. 1380, responsabilidad del Sr. Adrián González.-

Montevideo, 9 de Mayo de 2024.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con el establecimiento destinado a almacén ubicado en la calle Enrique Arrascaeta No. 1380, responsabilidad del Sr. Adrián González, CI 5.206.944-8, RUT 218811730013;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 7 solicita la clausura del referido establecimiento por estar funcionando sin la habilitación del Servicio de Regulación Alimentaria;
        2o.) que se procedió a notificar al responsable del establecimiento otorgándose un último plazo para presentar la documentación de referencia;
        3o.) que el Municipio E, habiendo vencido el plazo sin presentar la documentación solicitada, eleva las actuaciones a los efectos de propiciar la clausura correspondiente;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 4241/20 de 1/12/20 se delegó en la Secretaría General las facultades de clausurar locales cuando se constaten infracciones a la normativa que regula su
        funcionamiento;
        LA SECRETARIA GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Clausurar el establecimiento destinado a almacén ubicado en la calle Enrique Arrascaeta No. 1380, responsabilidad del Sr. Adrián González, CI 5.206.944-8, RUT 218811730013, por los motivos indicados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Establecer que el Servicio de Convivencia Departamental, al hacer efectiva la clausura, notificará al interesado, que una vez que hayan cesado las causas que la originaron podrá solicitar retomar la actividad comercial de referencia, el que no deberá ponerse en funcionamiento hasta que se dicte resolución rehabilitándolo, bajo apercibimiento de la aplicación de más severas sanciones.-
        3.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, a los Servicios Centro Comunal Zonal No. 7, de Convivencia Departamental (Unidad Clausuras) para la notificación correspondiente y pase al Municipio E a sus efectos.-

Ing. Agr. Olga Otegui, Secretaria General.-