Resolución N° 34/00/2000
Nro de Expediente:
2230-028622-99
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
13/1/2000


Tema:
EXONERACIONES - TRIBUTOS MUNICIPALES

Resumen:
Se exonera a la Administración Nacional de Educación Pública - Consejo Directivo Central (ANEP), del pago de la Tasa General Municipal, que grava a los inmuebles de los cuales es arrendataria, desde el mes en que ANEP tomó en arrendamiento cada inmueble hasta el mes en que finalice tal situación.

Montevideo, 13 de Enero de 2000.-
 
      VISTO: lo dispuesto por el Decreto No. 28.931 de 16 de diciembre de 1999, promulgado por Resolución No. 18/00 de 3 de enero del 2000, por el cual de conformidad con la Resolución No. 4301/99 de 15 de noviembre de 1999, se faculta a este Ejecutivo para exonerar a la Administración Nacional de Educación Pública - Consejo Directivo Central (ANEP), del pago de la Tasa General Municipal, que grava a los inmuebles de los cuales es arrendataria, padrones Nos. 8.282/002, 144.983, 316.748, 48.295, 60.506, 156.012, 107.053, 88.189, 5.115/302, 41.533/101, 42.509, 191.660, 132.628 y 101.851, estableciendo que dicha exención se otorga desde el mes en que ANEP tomó en arrendamiento cada inmueble hasta el mes en que finalice tal situación;
      CONSIDERANDO: que por Resolución No. 580/95 del 20 de febrero de 1995, el Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de dictar resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo, mediante Decretos que oportunamente se hubiesen promulgado por este Ejecutivo;
      EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS
      FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
      RESUELVE:
      1o.- Exonerar a la Administración Nacional de Educación Pública - Consejo Directivo Central (ANEP), del pago de la Tasa General Municipal, que grava a los inmuebles de los cuales es arrendataria, padrones Nos. 8.282/002, 144.983, 316.748, 48.295, 60.506, 156.012, 107.053, 88.189, 5.115/302, 41.533/101, 42.509, 191.660, 132.628 y 101.851, estableciendo que dicha exención se otorga desde el mes en que ANEP tomó en arrendamiento cada inmueble hasta el mes en que finalice tal situación.-
      2o.- Pasa al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para su cumplimiento.-

Cr. LUIS EDUARDO SANGUINETTI, Director General Interino del Departamento de Recursos Financieros.-