Resolución N° 88/08/3000
Nro de Expediente:
3000-003272-06
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
19/8/2008


Tema:
MULTAS HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 29,6820 al Sr. Luis Alvaro Portela Piñeiro, propietario de la finca sita en la calle Daniel Zorrilla No. 5346.-

Montevideo, 19 de Agosto de 2008.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle Daniel Zorrilla No. 5346, propiedad del Sr. Luis Alvaro Portela Piñeiro, C.I. 1.356.818 y administrada por la Inmobiliaria Gamberoni, con domicilio a los efectos legales en Avda. Gral. Eugenio Garzón No. 1965;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 12 desde el año 2006 viene intimando al titular, a realizar los trabajos necesarios en la finca de que se trata, a efectos de solucionar las filtraciones de aguas servidas que afectan gravemente las condiciones de habitabilidad de la finca sita en la misma vía tránsito No. 5342, bajo apercibimiento que en caso de omisión se aplicaría una multa;
        2o.) que con fecha 14/IV/08, se constató en inspección profesional que no se dio cumplimiento a lo intimado y que se mantiene la problemática detectada, por lo que se sugiere la aplicación de una multa de U.R. 29,6820, según lo que a tales efectos establece el Decreto No. 21.626, Sección II, Artículo 3o., Numeral 12, Inciso A;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la Dirección Profesional de este Departamento se expresa de conformidad; 2o.) las facultades oportunamente delegadas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 29,6820 (Unidades Reajustables veintinueve con seis mil ochocientas veinte diezmilésimas) al Sr. Luis Alvaro Portela Piñeiro, C.I. 1.356.818, propietario de la finca sita en la calle Daniel Zorrilla No. 5346, a través de su administrador, la Inmobiliaria Gamberoni, con domicilio a los efectos legales en Avda. Gral. Eugenio Garzón No. 1965, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la División Región Oeste y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Departamento para realizar la notificación correspondiente y librar testimonio y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 12.-

SRA. MIRIAM RODRIGUEZ, Directora General del Departamento de Descentralización.-